De conformidad con lo dispuesto en el artículo 86.2 de la Constitución, el Congreso de los Diputados, en su sesión del día 23 de los corrientes, acordó convalidar el Real Decreto-ley 10/1981, de 19 de junio, relativo a inspección y recaudación de la Seguridad Social.
Madrid, 24 de junio de 1981.–El Presidente del Congreso de los Diputados, Landelino Lavilla Alsina.
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