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Documento BOE-A-1981-14977

Resolución de 19 de junio de 1981, de la Dirección General de Régimen Económico de la Seguridad Social, por la que se fija para el año 1981 la cuota complementaria para asistencia sanitaria, mejora voluntaria, en el régimen especial de la Seguridad Social de los trabajadores por cuenta propia o autónomos.

Publicado en:
«BOE» núm. 161, de 7 de julio de 1981, páginas 15490 a 15490 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Trabajo, Sanidad y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-1981-14977
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1981/06/19/(3)

TEXTO ORIGINAL

Ilustrísimos señores:

La Orden de 25 de mayo de 1977 determina que la cuota mensual complementaria que han de satisfacer los trabajadores por cuenta propia o autónomos, acogidos a la mejora voluntaria de asistencia sanitaria se fijará anualmente y será la cantidad que resulte del coste medio estimado de dicha prestación, por beneficiario y mes, en el Régimen General, deducido el promedio que se imputa mensualmente, por titular del Régimen Especial, para financiar las ayudas por intervención quirúrgica.

A la vista de los presupuestos vigentes de la Seguridad Social y en uso de las facultades que tiene atribuidas, esta Dirección General resuelve:

Primero.

La cuota complementaria mensual para asistencia sanitaria en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por cuenta propia o Autónomos se fija, para el año 1981, en cuatro mil seiscientas noventa y una pesetas.

Segundo.

La presente Resolución tendrá efectos desde el 1 de enero de 1981.

Tercero.

Los sujetos responsables que en la fecha de publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado» hubieran realizado ingresos de cuotas devengadas a partir del 1 de enero de 1981 podrán regularizar su cotización, ingresando las diferencias que correspondan, sin recargo, hasta el último día del segundo mes siguiente al de dicha publicación.

Lo que digo a VV. II.

Dios guarde a VV. II.

Madrid, 19 de junio de 1981.‒El Director general, Jesús Palacios Rodrigo.

Ilmos. Sres. Directores generales del Instituto Nacional de la Seguridad Social, del Instituto Nacional de la Salud y de la Tesorería General de la Seguridad Social.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 19/06/1981
  • Fecha de publicación: 07/07/1981
  • Efectos desde el 1 de enero de 1981.
Referencias anteriores
Materias
  • Asistencia sanitaria de la Seguridad Social
  • Cotización a la Seguridad Social
  • Regímenes especiales de la Seguridad Social
  • Trabajadores autónomos

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