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Documento BOE-A-1981-16102

Resolución de 2 de junio de 1981, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, por la que se crea el sistema de adjudicación de bolsas de viaje al extranjero para Profesores universitarios y becarios.

Publicado en:
«BOE» núm. 170, de 17 de julio de 1981, páginas 16319 a 16319 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1981-16102
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1981/06/02/(2)

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: El considerable desarrollo que en los últimos años han tenido los Convenios firmados entre las Universidades españolas y extranjeras, unido a la creciente presencia de nuestro país en acontecimientos y actividades científicas internacionales, hace necesario habilitar un sistema de fomento a los Profesores universitarios con el fin de sufragar los gastos de desplazamiento a estas reuniones internacionales.

Por otra parte, existiendo ya en el vigente presupuesto del Departamento un crédito específico para desarrollar el Programa de Cooperación Internacional con Iberoamérica y Filipinas, parece conveniente circunscribir el ámbito de estas bolsas de viaje a los países no incluidos en el Programa anteriormente citado.

Igualmente, con el fin de ordenar y canalizar las solicitudes, se ha considerado conveniente que sean los Rectores de las Universidades quienes de forma oficial comuniquen las personas en cuyas actividades científicas internacionales tiene especial interés cada Universidad.

Por todo ello esta Secretaria de Estado ha resuelto:

Primero.

Los Profesores de Universidad y los becarios adscritos a los Departamentos e Institutos universitarios podrán dirigir peticiones de bolsas de viaje para subvencionar actividades científicas internacionales, a la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación (Subdirección General de Cooperación Internacional).

Segundo.

Las solicitudes deberán ser presentadas en los Rectorados de las Universidades. Los Rectores emitirán informe sobre cada una de las peticiones y las enviarán a la Secretaria de Estado de Universidades e Investigación (Subdirección General de Cooperación Internacional).

Tercero.

Las solicitudes de bolsa de viaje deberán incluir los siguientes datos:

‒ Nombre, apellidos número de Registro de Personal, cargo y centro de destino del Profesor universitario o becario, que solicita la bolsa de viaje.

‒ Actividad concreta que se pretende sea subvencionada.

‒ Convenio interuniversitario, en el marco del cual se va a desarrollar el viaje. La inexistencia de un Convenio de colaboración entre la Universidad española solicitante y la extranjera, podrá ser sustituido por documentos solicitando la presen in del profesor español en una Universidad extranjera o acontecimiento científico internacional.

Cuarto.

Podrán presentar también solicitudes de bolsas de viaje aquellos Profesores universitarios que deseen asistir a Congresos o reuniones internacionales de carácter científico, acompañando en este caso descripción pormenorizada de la actividad, informe sobre su interés y apreciación del Rectorado sobre la importancia de tal actividad para la Universidad.

Quinto.

La cuantía de las bolsas de viaje podrá ser de 20.000, 35.000, 50.000 y 70.000 pesetas.

Sexto.

A efectos de la concesión de bolsas de viaje será constituido un Comité de Selección presidido por el Secretario de Estado de Universidades e Investigación que podrá delegar la presidencia en otra autoridad de la Secretaria de Estado, con rango de Director general.

Será Vicepresidente del Comité el Subdirector general de Cooperación Internacional. Pertenecerán además al Comité:

‒ Un Vicerrector de la Universidad.

‒ Dos Profesores de Universidad.

‒ Un representante de la Dirección General de Política Científica.

Será Secretario del Comité el Jefe de la Sección de Cooperación Multilateral y Asistencia Técnica.

Séptimo.

Las solicitudes podrán presentarse en los meses de abril, junio, octubre y diciembre de cada año, decidiendo el Comité las adjudicaciones antes del día 10 del mes siguiente en cada caso.

Lo que digo a V. I.

Madrid, 2 de junio de 1981.‒El Secretario de Estado, Manuel Cobo del Rosal.

Ilmo. Sr. Secretario general Técnico de Universidades e Investigación.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 02/06/1981
  • Fecha de publicación: 17/07/1981
Materias
  • Becas
  • Profesorado

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