Contenu non disponible en français
Ilmo. Sr.: En el recurso contencioso-administrativo, que en única instancia pendía de resolución ante la Sala, interpuesto por el Sindicato Nacional de Funcionarios del Cuerpo Técnico de Correos, representado por el Letrado don Francisco Carreras Cervigón, contra la Administración representada y defendida por el Abogado del Estado, sobre revocación del Real Decreto 671/1978 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de 27 de marzo, por el que se reglamentan determinados aspectos de la Caja Postal de Ahorros, la Sala Quinta del Tribunal Supremo, con fecha 23 de marzo de 1981, ha dictado sentencia cuya parte dispositiva dice:
«Fallamos: Que desestimando la causa de inadmisibilidad alegada por el Abogado del Estado y estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Sindicato Nacional de Funcionarios del Cuerpo Técnico de Correos, debemos declarar y declaramos nulo de pleno derecho el Real Decreto seiscientos setenta y uno, de veintisiete de marzo de mil novecientos setenta y ocho, por el que se reglamentan determinados aspectos de la Caja Postal de Ahorro, nulidad producida por haber prescindido total y absolutamente del procedimiento establecido para la elaboración de las disposiciones de carácter general. No se hace condena de costas.»
El excelentísimo señor Ministro, aceptando en su integridad el preinserto fallo, ha dispuesto, por Orden de esta misma fecha, que sea cumplido en sus propios términos.
Lo que participo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 30 de abril de 1981.‒El Subsecretario, Juan Carlos Guerra Zunzunegui.
Ilmo. Sr. Director general de Correos y Telecomunicación.
Agence d'État Bulletin Officiel de l'État
Av. Manoteras, 54 - 28050 Madrid