La Orden ministerial de Educación y Ciencia de 13 de junio de 1977 («Boletín Oficial del Estado» del 25) sobre directrices de elaboración de los planes de estudio de las Escuelas Universitarias del Profesorado de Educación General Básica establecía, en el número segundo, apartado primero, la especialidad de Educación Preescolar, autorizándose con posterioridad a diversas Escuelas para impartir la misma con carácter experimental.
Dada la positiva experiencia de esta autorización, parece oportuno conferirle el carácter de definitivo, otorgando, a su vez, validez total a los estudios impartidos con carácter experimental.
En su virtud, de conformidad con la autorización conferida en el apartado quinto de la Orden de 13 de junio de 1977,
Esta Dirección General ha resuelto:
1.° Se confiere carácter definitivo a las autorizaciones otorgadas con carácter experimental a las Escuelas Universitarias de Formación del Profesorado de Educación General Básica para impartir la especialidad de Educación Preescolar.
2.° Los estudios de la especialidad de Educación Preescolar tendrán plena validez para los alumnos que los hayan cursado en las Escuelas Universitarias de Formación del Profesorado de Educación General Básica, autorizadas a impartirlos con carácter experimental.
Lo que digo a V. S.
Dios guarde a V. S.
Madrid. 5 de marzo de 1981.‒El Director general, Vicente Gandía Gomar.
Sra. Subdirectora general de Ordenación Académica.
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