Convocado por Real Decreto 2400/1980, de 7 de noviembre, referéndum sobre el proyecto de Estatuto de Autonomía para Galicia, se hace necesario determinar los modelos oficiales de papeletas de votación, de conformidad con el artículo 3.° del Real Decreto 2401/1980, de 7 de noviembre.
En su virtud, esta Dirección General de Política Interior ha tenido a bien disponer que los modelos a confeccionar por la misma tengan las siguientes características: Papel blanco, gramaje aproximado de 60 gramos metro cuadrado, tamaño aproximado 162 x 105 milímetros, con la leyenda: «REFERENDUM ESTATUTO AUTONOMIA GALICIA. ¿APRUEBA EL PROYECTO DE ESTATUTO DE AUTONOMIA PARA GALICIA? ¿APROBA O PROXECTO DE ESTATUTO DE AUTONOMIA PARA GALICIA?», y recuadro de 30 x 30 milímetros con las posibles opciones electorales: «SI», «NO», «NON» y EN BLANCO.
Asimismo se resuelve que será considerada válida no sólo la papeleta editada en los dos idiomas, sino cualquiera de las dos partes de la misma, bien sea la que contiene la leyenda en castellano o la que lo consigna en lengua gallega, siempre que de todos modos sea manifiesta la voluntad del elector.
Madrid 13 de noviembre de 1980.‒El Director general, Juan Gómez Arjona.
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