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Las funciones que tenían asignadas la Junta Central y las Juntas Provinciales de Conservación, al reestructurarse los Servicios Centrales y Periféricos de la Dirección General, han pasado a depender en su totalidad de determinadas unidades de la Subdirección General de Obras e Instalaciones, razón por la cual, y ante la falta de contenido, procede adoptar las medidas necesarias para la supresión de dichas Juntas.
En su virtud, en uso de las facultades que le están conferidas,
Esta Dirección General ha resuelto:
Suprimir la Junta Central y las Juntas Provinciales de Conservación.
Quedan derogadas las circulares de esta Dirección General número 4, de 31 de marzo de 1954, y la de 20 de mayo de 1964 así como cuantas otras disposiciones se refieran a la Junta Central y Juntas Provinciales de Conservación.
Madrid, 11 de junio de 1980.–El Director general, Miguel Angel Eced Sánchez.
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