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En su sesión del día 28 de junio de 1979, convocada en aplicación de lo dispuesto en el artículo 86.2 de la Constitución, el Congreso de los Diputados ha acordado la convalidación del Real Decreto-ley 10/1979, de 16 de junio, sobre prórroga de Arrendamientos Rústicos.
Palacio del Congreso de los Diputados, 31 de julio de 1979.–El Presidente, Landelino Lavilla Alsina.
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