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Advertidos errores en el texto del Real Decreto-ley 3/1998, de 8 de mayo, por el que se establecen las retribuciones de los Magistrados del Tribunal Supremo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 404 bis de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, añadido por la Ley Orgánica 5/1997, de 4 de diciembre, y se aprueba el correspondiente suplemento de crédito por importe total de 609.680.793 pesetas para su financiación, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 111, de 9 de mayo de 1998, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:
En la página 15581, segunda columna, artículo 1, segundo párrafo, línea segunda, donde dice: «... y Presidente de la Audiencia Nacional», debe decir: «... y Presidente de la Audiencia Nacional (Magistrado del Tribunal Supremo)».
En la página 15581, segunda columna, artículo 1, segundo párrafo, línea tercera, donde dice: «... y Presidente, de Sala de la Audiencia Nacional», debe decir: «... y Presidente, de Sala en la Audiencia Nacional (Magistrados del Tribunal Supremo)».
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