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Documento BOE-A-1998-15736

Corrección de errores del Real Decreto 776/1998, de 30 de abril, por el que se aprueban las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las entidades sin fines lucrativos y las normas de información presupuestaria de estas entidades.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 158, de 3 de julio de 1998, páginas 22055 a 22060 (6 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1998-15736
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1998/04/30/776/corrigendum/19980703

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en el texto del Real Decreto 776/1998, de 30 de abril, por el que se aprueban las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las entidades sin fines lucrativos y las normas de información presupuestaria de estas entidades, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 115, de 14 de mayo de 1998, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones.

En la página 16091, segunda columna, entre el apartado 13 y la «Memoria», deben introducirse los modelos de Cuentas Anuales: Balance y Cuenta de Resultados, impresos en las páginas 16115, 16116, 16121 y 16122; y la página 16121, Cuenta de Resultados, se sustituye por la que se inserta a continuación. (Ver cuadro número 1.) En la página 16097, primera columna, entre los apartados «23. Cuadro de financiación» y «24. Cuenta de resultados analítica», debe introducirse el modelo del Cuadro de Financiación, impreso en las páginas 16118 y 16119; y se añade la «Variación del Capital Circulante».

(Ver cuadro número 2.) En la página 16097, primera columna, entre los apartados «24. Cuenta de resultados analítica» y «25. Bases de presentación de la liquidación del presupuesto», debe introducirse el modelo de la Cuenta de Resultados Analítica impresa en la página 16120; y la página 16120, Cuenta de Resultados Analítica, se sustituye por la que se inserta a continuación. (Ver cuadro número 3.) En la página 16097, segunda columna, entre el párrafo segundo y la «Memoria Abreviada», deben introducirse los modelos de Cuentas Anuales Abreviadas: Balance Abreviado y Cuenta de Resultados Abreviada, impresos en las páginas 16117, 16118, 16123 y 16124, y las páginas 16117, 16118 y 16123 se sustituyen por las que se insertan a continuación. (Ver cuadros números 4 y 5.) En la página 16100, primera columna, entre los apartados «15. Cuadro de financiación» y «16. Bases de presentación de la liquidación del presupuesto», debe introducirse el modelo del Cuadro de Financiación Abreviado, impreso en la página 16119.

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 03/07/1998
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por Real Decreto 1491/2011, de 24 de octubre (Ref. BOE-A-2011-18458).
  • Fecha de derogación: 01/01/2012
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Real Decreto 776/1998, de 30 de abril (Ref. BOE-A-1998-11315).
Materias
  • Asociaciones
  • Contabilidad
  • Fundaciones

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