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Documento BOE-A-1994-14021

Real Decreto 1264/1994, de 3 de junio, por el que se suprime el Patronato de Rehabilitación Social del Enfermo de Lepra.

Publicado en:
«BOE» núm. 144, de 17 de junio de 1994, páginas 19065 a 19065 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-1994-14021
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1994/06/03/1264

TEXTO ORIGINAL

El Decreto de 5 de marzo de 1948 instituyó el Patronato de Enfermos de San Lázaro y sus Familiares, con el fin de ordenar y aunar esfuerzos públicos y privados para eliminar la enfermedad de la lepra y paliar los efectos sociales de marginación de quienes la padecían. El Patronato fue reorganizado por el Real Decreto 913/1980, de 21 de marzo. El trabajo desarrollado por el Patronato en el transcurso de casi medio siglo, con significativas aportaciones de profesionales voluntarios, de organizaciones no gubernamentales y de personal de las distintas Administraciones públicas, ha contribuido a la práctica erradicación de la enfermedad y a la integración social de quienes la padecían y de sus familiares. Los objetivos y funciones del Patronato, así como su organización general, resultan en la actualidad ya inadecuados, habida cuenta de la significativa disminución del número de afectados y del desarrollo y de los cambios producidos en los sistemas sanitarios, de Seguridad Social y en los servicios sociales generales. Todo ello aconseja llevar a cabo la supresión del Patronato a fin no sólo de adecuar la atención de este colectivo a la realidad administrativa y social, sino de potenciar y facilitar su plena integración en su ámbito residencial.

En su virtud, a propuesta de la Ministra de Asuntos Sociales, con la aprobación del Ministro para las Administraciones Públicas, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 3 de junio de 1994,

DISPONGO:

Artículo 1.

Queda suprimido el Patronato de Rehabilitación Social del Enfermo de Lepra.

Artículo 2.

Las funciones encomendadas al Patronato por el Real Decreto 913/1980 serán asumidas por el Ministerio de Asuntos Sociales, en el ámbito de sus competencias, el cual queda, asimismo, subrogado en los derechos y obligaciones del Patronato.

Disposición adicional única.

El personal laboral que presta sus servicios en la sede del Patronato de Rehabilitación Social del Enfermo de Lepra pasará a integrarse en el Ministerio de Asuntos Sociales, como personal laboral del mismo, desde la entrada en vigor del presente Real Decreto.

Disposición derogatoria única.

Se deroga el Real Decreto 913/1980, de 21 de marzo, que regula el Patronato de Rehabilitación del Enfermo de Lepra.

Disposición final única.

El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el <Boletín Oficial del Estado>.

Dado en Madrid a 3 de junio de 1994.

JUAN CARLOS R.

La Ministra de Asuntos Sociales,

CRISTINA ALBERDI ALONSO

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 03/06/1994
  • Fecha de publicación: 17/06/1994
  • Fecha de entrada en vigor: 18/06/1994
Referencias anteriores
  • DEROGA Real Decreto 913/1980, de 21 de marzo (Ref. BOE-A-1980-9979).
  • SUPRIME el Organismo creado por Decreto de 5 de marzo de 1948.
Materias
  • Asistencia sanitaria
  • Asistencia social
  • Enfermedades
  • Ministerio de Asuntos Sociales
  • Patronatos

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