Está Vd. en

Documento BOE-A-1993-10593

Real Decreto 560/1993, de 16 de abril, por el que se derogan diferentes disposiciones vigentes en materia de normalización y homologación.

Publicado en:
«BOE» núm. 98, de 24 de abril de 1993, páginas 12292 a 12293 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Industria, Comercio y Turismo
Referencia:
BOE-A-1993-10593
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1993/04/16/560

TEXTO ORIGINAL

El artículo 2 del Acta relativa a las condiciones de adhesión y a las adaptaciones de los Tratados, aneja al Tratado de Adhesión de España a las Comunidades Europeas, establece que las disposiciones de los Tratados comunitarios y las Actas adoptadas por las Instituciones de la Comunidad, antes de la adhesión, obligarán a España y serán aplicables en España desde el momento de dicha adhesión.

De acuerdo con lo establecido en el párrafo anterior, por el Real Decreto 7/1988, de 8 de enero, relativo a las exigencias de seguridad del material eléctrico destinado a ser utilizado en determinados límites de tensión, se traspuso al Derecho Español la Directiva del Consejo de las Comunidades Europeas de 19 de febrero de 1973, conocida como la <Directiva Baja Tensión> (73/23/CEE).

Dado que las exigencias de seguridad que se establecían en las disposiciones españolas anteriormente en vigor, relativas a este tipo de material, son contempladas en la citada <Directiva Baja Tensión> y que la misma tiene carácter de total, es decir, que su adaptación al derecho nacional implica la anulación de cualquier disposición que se oponga a lo que en la misma se establece, parece oportuno proceder a una derogación expresa de las mismas.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Industria, Comercio y Turismo y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 16 de abril de 1993,

D I S P O N G O :

Artículo único.

Se derogan las disposiciones que a continuación se indican:

1. Real Decreto 1250/1985, de 19 de junio, por el que se establece la sujeción a especificaciones técnicas de los terminales de pantalla con teclado, periféricos para entrada y representación de información en equipos de proceso de datos. Prorrogado por el Real Decreto 2222/1985, de 27 de noviembre, y modificado parcialmente por la Orden de 23 de diciembre de 1985.

2. Real Decreto 1251/1985, de 19 de junio, por el que se establece la sujeción a especificaciones técnicas de las impresoras seriales de matriz de puntos, usadas como periféricos de ordenadores. Prorrogado por el Real Decreto 2222/1985, de 27 de noviembre.

3. Real Decreto 2707/1985, de 27 de diciembre, por el que se declara de obligado cumplimiento las especificaciones técnicas de los equipos teleimpresores, impresoras y máquinas de escribir electrónicas y su homologación por el Ministerio de Industria y Energía.

Disposición final única.

El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el <Boletín Oficial del Estado>.

Dado en Madrid a 16 de abril de 1993.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Industria, Comercio y Turismo,

JOSE CLAUDIO ARANZADI MARTINEZ

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 16/04/1993
  • Fecha de publicación: 24/04/1993
  • Fecha de entrada en vigor: 25/04/1993
Referencias anteriores
Materias
  • Electrónica
  • Informática
  • Normalización

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid