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Documento BOE-A-1992-7353

Real Decreto 293/1992, de 27 de marzo, sobre creación por segregación del Colegio Oficial de Arquitectos de Castilla y León Este.

Publicado en:
«BOE» núm. 79, de 1 de abril de 1992, páginas 11003 a 11003 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Obras Públicas y Transportes
Referencia:
BOE-A-1992-7353
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1992/03/27/293

TEXTO ORIGINAL

Los Arquitectos colegiados residentes en las provincias de Avila, Burgos, Segovia, Soria y Valladolid han expresado, a través de las Delegaciones respectivas del actual Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid en dichas provincias, su voluntad de constituir, en la demarcación provincial que a los mismos compete, su propio Colegio Oficial de Arquitectos.

La Junta general del Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid ha dado su conformidad a esta iniciativa y, por su parte, el Consejo Superior de los Colegios de Arquitectos de España, previa audiencia de los restantes Colegios, elevó a este Ministerio el expediente de su razón, para que se tramitase la propuesta de creación del Colegio Oficial de Arquitectos de Castilla y León Este, con sede en Valladolid.

En su virtud, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4.

, párrafo 2, de la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales, modificada por Ley 74/1978, de 26 de diciembre, a propuesta del Ministro de Obras Públicas y Transportes, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 27 de marzo de 1992,

DISPONGO:

Artículo 1. Por segregación del actual Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid, se crea el Colegio Oficial de Arquitectos de Castilla y León Este, con sede en Valladolid, y cuyo ámbito de actuación se circunscribe a las provincias de Avila, Burgos, Segovia, Soria y Valladolid.

Art. 2. El artículo 2. de los Estatutos para el régimen y gobierno de los Colegios de Arquitectos, aprobado por Decreto de 13 de junio de 1931, queda modificado del siguiente modo:

Primero. Se introduce un nuevo párrafo con el siguiente texto: <Colegio Oficial de Arquitectos de Castilla y León Este, con capitalidad en Valladolid, y Delegaciones provinciales en Avila, Burgos, Segovia y Soria.>

Segundo. En el párrafo referido al Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid deberán entenderse suprimidas las Delegaciones provinciales de Avila, Burgos, Segovia, Soria y Valladolid.

DISPOSICION TRANSITORIA

Para la constitución del Colegio que se crea, la Junta de Gobierno del Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid convocará Junta general de los Colegiados residentes en las Delegaciones de Avila, Burgos, Segovia, Soria y Valladolid, que deberá tener lugar en el plazo de un mes a partir de la entrada en vigor del presente Real Decreto. En dichas Juntas se procederá a la elección de los órganos de gobierno del nuevo Colegio, de conformidad con lo dispuesto en los Estatutos para el régimen y gobierno de los Colegios de Arquitectos, aprobados por Decreto de 13 de junio de 1931 y en la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales, modificada por la Ley 74/1978, de 26 de diciembre.

Dado en Madrid a 27 de marzo de 1992.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Obras Públicas y Transportes,

JOSE BORRELL FONTELLES

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 27/03/1992
  • Fecha de publicación: 01/04/1992
  • Fecha de entrada en vigor: 21/04/1992
Referencias anteriores
  • MODIFICA el art. 2 de los Estatutos aprobados por Decreto de 13 de junio de 1931 (Ref. BOE-A-1931-4972).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 4.2 de la Ley 2/1974, de 13 de febrero (Ref. BOE-A-1974-289).
  • CITA Ley 74/1978, de 26 de diciembre (Ref. BOE-A-1979-697).
Materias
  • Colegios Oficiales de Arquitectos

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