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Advertidos errores en el texto del citado Real Decreto, inserto en el «Boletín Oficial del Estado» número 154, de fecha 28 de junio de 1990, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
En la página 18422, segunda columna, preámbulo, sexto párrafo, cuarta línea, donde dice: «... 149.1.10 y 16 de la...», debe decir: «... 149.1.10.ª y 16.ª de la...»
En la página 18423, primera columna, disposición adicional, tercera línea, donde dice: «... 149.1.10 y 16 de la...», debe decir: «... 149.1.10.ª y 16.ª...».
En la misma página, segunda columna, punto 2.5.2, tercera línea, donde dice: «... de leche del 10 por...», debe decir: «... de leche 10 por...».
En la página 18424, primera columna, punto 3.5, sexta línea, donde dice: «anhídridas, margarinas, ...», debe decir: «ranhídras, margarinas, ...».
En la misma página, segunda columna, punto 6.2, segunda línea, donde dice: «..., lavables o», debe decir: «..., lavables e».
En la página 18425, primera columna, punto 10.1.1, primer párrafo, tercera línea, donde dice: «... el fabricante, ...», debe decir: «... el fabricante e, ...».
En la misma página, segunda columna, punto 11.1, quinta línea, donde dice: «... la palabra EXPORT. Además...», debe decir: «... la palabra «EXPORT». Además...».
En la misma página, segunda columna, punto 11.2, primer párrafo, novena línea, donde dice: «... los usos costumbres leales...», debe decir: «... los usos y costumbres leales...».
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