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Advertidos errores en el texto del mencionado Real Decreto, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 175, de fecha 24 de julio de 1989, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
En la página 23483, artículo 4.°. apartado f), donde dice «Ostentar la Jefatura», debe decir: «Ostentar la dirección».
En el artículo 6.°, tres, donde dice: «tareas de eleboración» debe decir: «tareas de elaboración».
En el artículo 6.°. cuatro, donde dice: «índices de precios al consumo», debe decir: «índices de precios de consumo».
En el artículo 7 °, tres, donde dice: «viviendas y locales del padrón» debe decir: «viviendas y locales, del padrón».
En el artículo 9.º, donde dice: «Unidades direc. dependiente del Presidente», debe decir «Unidades direc. dependientes del Presidente».
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