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Padecidos errores en la inserción del citado Real Decreto publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 256, de fecha 26 de octubre de 1987, 8 continuación se formulan las oportunas rectificaciones:
En la página -31894, segunda columna, articulo 4.°, segunda línea, donde dice: «formularán según modelo anexo y se presntarán en el respectivo», debe decir: «formularán según modelo anexo y se presentaran en el respectivo».
En las mismas página y columna, artículo 7.°, tercera línea., donde dice: «ante las Delegaciones Provinciales de la Oficinas del Censo», debe decir: «ante las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo».
En la página 31894, segunda columna, articule 10, cuarto párrafo, cuarta línea, donde dice: «cíales de la Oficina del Censo Especial», debe decir: «ciales de la Oficina del Censo Electoral.».
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