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Documento BOE-A-1987-27297

Corrección de errores del Real Decreto 1261/1987, de 11 de septiembre, por el que se aprueba la reglamentación técnico-sanitaria para la elaboración, almacenamiento, transporte y comercialización de los azúcares destinados al consumo humano.

Publicado en:
«BOE» núm. 294, de 9 de diciembre de 1987, páginas 36237 a 36237 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno
Referencia:
BOE-A-1987-27297
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1987/09/11/1261/corrigendum/19871209

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en el citado Real Decreto, inserto en el «Boletín Oficial del Estado» número 246, de fecha 14 de octubre de 1987, páginas 30640 a 30647, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones.

Exposición de motivos (página 30640), en el segundo párrafo, línea 8, donde dice: «... legislaturas...», debe decir: «... legislaciones...».

Artículo 10, página 30644, punto 1.1.1, en la línea 1 y siguientes, donde dice: «1.1.1 Conservadores... azúcar.», debe decir: «1.1.1 Conservadores: Anhídrido sulfuroso. Número: E-220. El máximo residual del producto dispuesto para el consumo no sobrepasará los límites establecidos en el artículo 2.º para cada tipo de azúcar.»

El punto 1.1.2 debe quedar como sigue:

«1.1.2 Antiaglomerantes:

Imagen: /datos/imagenes/disp/1987/294/27297_tabla1.png

Punto 1.2.1, en línea 7, donde dice: «Sulfato cálcico: E-226», debe decir: «Sulfato cálcico: 516.»

Punto 1.2.3, en línea 5, donde dice: «Oleato de polietilenglicol: B.P.F.», debe decir: «Oleato de polietilenglicol».

Imagen: /datos/imagenes/disp/1987/294/27297_tabla2.png

Punto 1.2.7, en línea 6, donde dice: «Sustancias... cl2», debe decir: «Sustancias... Cl2».

Punto 1.2.7, en línea 12, donde dice: «... insectivadas...», debe decir: «... insecticidas...».

Punto 2.1.2, en línea 1, donde dice: «2.1.2 Antiaglutinantes:», debe decir: 2.1.2 Antiaglomerantes».

En líneas 3, 4 y 5, donde dice: «...: h-7.102. Sólo... fécula.», debe decir: «....: E-341».

Imagen: /datos/imagenes/disp/1987/294/27297_tabla3.png

Punto 2.2.1, en líneas 3 y 4, donce dice: «Acido... 1.2.7», debe decir: «Acido... 513».

Imagen: /datos/imagenes/disp/1987/294/27297_tabla4.png

Artículo 16 (página 30645). Punto 16.1.1, en línea 10, donde dice: «... incorporados...», debe decir: «... incorporadas...».

En línea 19, donde dice: «microorganismo...», debe decir: «microorganismos...».

En el apartado b), línea 1, donde dice: «... calificación...», debe decir: «... calefacción...».

En el apartado b), línea 3, donde dice: «... al...», debe decir: «... a la...».

En el apartado b), línea 1, donde dice: «... deshumanización...», debe decir: «... deshumidificación...».

Artículo 17 (página 30646), punto 17.1, en el apartado e), línea 2, donde dice: «... ajustes...», debe decir: «... ajuste...».

Punto 17.2, en línea 3, donde dice: «... Título quinto...», debe decir: «... TITULO QUINTO...».

Artículo 19 (página 30646), punto 19.1, en línea 4, donde dice: «... y no... Reglamentación», debe decir: «... y, no... Reglamentación...».

Artículo 21 (página 30646), punto 21.1, en línea 2, donde dice: «... precientado...», debe decir: «... precintado...».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 09/12/1987
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Real Decreto 1261/1987, de 11 de septiembre (Ref. BOE-A-1987-23110).
Materias
  • Azúcar
  • Comercio
  • Comercio exterior
  • Reglamentaciones técnico sanitarias

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