Contido non dispoñible en galego
Padecidos errores en la inserción del mencionado Real Decreto, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 193, de fecha 13 de agosto de 1985, páginas 25617 y 25618, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
Artículo 9.°, tres, donde dice: «...notificación de la extinción del empleador...», debe decir: «...notificación de la extinción el empleador...».
Disposición final, segundo párrafo. donde dice: «...de este Real Decreto se tendrá en cuenta...», debe decir: «...de este Real Decreto se tendrán en cuenta...».
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