Advertidos errores en el texto remitido para su publicación del mencionado Real Decreto, inserto en el «Boletín Oficial del Estado» número 225, de fecha 20 de septiembre de 1983, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
En la página 25783, la relación 3.1.1. Resumen. Crédito Presupuestario. Sección 16, capítulo I, concepto 16.01.182, en las columnas Servicios Periféricos (coste directo) y total, donde dice: «1769», debe decir: «2158».
En la citada relación en el total capítulo 1.º, columnas Servicios Periféricos (coste directo) y total, donde dice: «14907», debe decir: «15.296».
En la relación 3.1.2. Resumen. Crédito Presupuestario, capítulo I, en las columnas Servicios Periféricos (coste directo) y total, donde dice: «14.907», debe decir: «15.296».
En la misma relación el total Costes en las columnas Servicios Periféricos (coste directo) y total, donde dice: «14.907», debe decir: «15.296».
En la página 25784, en la relación 3.2 Créditos Presupuestarios A) Donaciones: Sección, capítulo I. Concepto. En las columnas Servicios Periféricos (coste directo) y total, donde dice: «14.907.188», debe decir: «15.295.908».
En la mencionada relación en el total dotaciones, columnas Servicios Periféricos (coste directo) y total, donde dice: «14.907.188», debe decir: «15.295.908».
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