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Documento BOE-A-1981-26901

Real Decreto 2718/1981, de 13 de noviembre, por el que se suspenden los derechos arancelarios establecidos en la partida cero siete punto cero uno A-I-b a la importación de patatas de siembra en las islas Baleares.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 279, de 21 de noviembre de 1981, páginas 27344 a 27344 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Economía y Comercio
Referencia:
BOE-A-1981-26901
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1981/11/13/2718

TEXTO ORIGINAL

El Decreto mil treinta y cuatro, de veintiséis de abril de mil novecientos sesenta y dos, dispuso la concesión de franquicia arancelaria a la importación de un cupo anual de cuatro mil toneladas de patatas con destino al abastecimiento de las islas Baleares.

Las razones que motivaron dicho Decreto son de aplicación igualmente a la importación en las citadas islas de patata de siembra, destinada a obtener patata para consumo, por lo que es aconsejable que el Gobierno haga uso de la facultad que le confiere el artículo sexto, apartado dos, de la vigente Ley Arancelaria, para suspender temporalmente la aplicación de los derechos arancelarios.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Economía y Comercio y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día trece de noviembre de mil novecientos ochenta y uno,

DISPONGO:

Artículo 1.

A partir del día de publicación del presente Real Decreto en el «Boletín Oficial del Estado» y hasta el treinta y uno de diciembre del año actual, ambos inclusive, se suspende totalmente la aplicación de los derechos establecidos a la importación de patata de siembra, en la partida cero siete punto cero uno A-I-b del Arancel de Aduanas, con destino a las islas Baleares.

Artículo 2.

Las Direcciones Generales de Aduanas y Política Arancelaria e Importación adoptarán, cada una en la esfera de su competencia, las medidas necesarias para el exacto cumplimiento de lo dispuesto en este Real Decreto.

Dado en Madrid a trece de noviembre de mil novecientos ochenta y uno.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Economía y Comercio,

JUAN ANTONIO GARCIA DIEZ

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 13/11/1981
  • Fecha de publicación: 21/11/1981
  • Fecha de entrada en vigor: 11/12/1981
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 6 apartado 2 de la Ley 1/1960, de 1 de mayo (Ref. BOE-A-1960-7005).
  • CITA Decreto 1034, de 26 de abril de 1962 (Ref. BOE-A-1962-7965).
Materias
  • Baleares
  • Frutos y productos hortícolas
  • Importaciones
  • Patata
  • Semillas

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