Contingut no disponible en català

Us trobeu en

Documento BOE-A-1981-26838

Real Decreto 2703/1981, de 19 de octubre, por el que se estructura orgánicamente la Mutualidad General Judicial.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 278, de 20 de noviembre de 1981, páginas 27252 a 27252 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-1981-26838
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1981/10/19/2703

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto-ley dieciséis/mil novecientos setenta y ocho, de siete de junio, por el que se regula la Seguridad Social de los Funcionarios al servicio de la Administración de Justicia, establece, en su disposición final primera, que «el Gobierno a propuesta del Ministro de Justicia, dictará las normas precisas para el cumplimiento de lo dispuesto en este Real Decreto-ley que requiere rango de Real Decreto».

La necesidad de dotar a la Mutualidad General Judicial de una organización adecuada para que alcancen su máxima eficacia los distintos servicios técnicos, administrativos y económicos, exige establecer, sin demora, la estructura fundamental imprescindible para el cumplimiento de sus fines, aprovechando la experiencia obtenida durante el tiempo que lleva en funcionamiento.

En su virtud, con la aprobación de la Presidencia del Gobierno e informe favorable del Consejo General del Poder Judicial, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día dieciséis de octubre de mil novecientos ochenta y uno,

DISPONGO:

Artículo 1.

La Mutualidad General Judicial se estructura en las siguientes unidades orgánicas, con nivel orgánico de Servicio:

– Secretaría General.

– Servicio de Prestaciones.

– Servicio de Administración Financiera y Contabilidad.

Artículo 2.

Uno. La Secretaría General tendrá a su cargo las actividades de gestión administrativa; realización de estudios e informes, documentación, informática y mecanización, preparación de normas, coordinación de los Servicios, relaciones con otros organismos y, en general, cuantas funciones no estén encomendadas específicamente a otras unidades.

Dos. El Secretario general sustituirá al Gerente, si lo hubiere, en los casos de vacante, ausencia o enfermedad de éste.

Artículo 3.

El Servicio de Prestaciones desarrollará las actividades de gestión y administración de todas las prestaciones que tiene a su cargo la Mutualidad General Judicial.

Artículo 4.

Al Servicio de Administración Financiera y Contabilidad, le corresponde la elaboración y gestión del presupuesto, la contabilidad de gastos e ingresos y, en general, cuanto afecte a la gestión y administración económico-financiera.

Artículo 5.

Dependiente directamente del Presidente de la Mutualidad General Judicial, funcionará una Inspección General, con nivel orgánico de Servicio, que tendrá a su cargo la inspección de las distintas unidades orgánicas centrales y provinciales y de la gestión de las prestaciones.

Artículo 6.

El Ministro de Justicia, a propuesta de la Mutualidad General Judicial y previo informe del Consejo General del Poder Judicial y del de Hacienda, en su caso, dictará las normas precisas para el cumplimiento y desarrollo de lo dispuesto en este Real Decreto.

Dado en Madrid a diecinueve de octubre de mil novecientos ochenta y uno.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

PIO CABANILLAS GALLAS

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 19/10/1981
  • Fecha de publicación: 20/11/1981
  • Fecha de entrada en vigor: 10/12/1981
  • Fecha de derogación: 05/11/2006
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA, por Real Decreto 1206/2006, de 20 de octubre (Ref. BOE-A-2006-19175).
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con la disposición final primera del Real Decreto Ley 16/1978, de 7 de junio (Ref. BOE-A-1978-14530).
Materias
  • Funcionarios de la Administración de Justicia
  • Mutualidad General Judicial
  • Regímenes especiales de la Seguridad Social

subir

Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid