Contido non dispoñible en galego
Los precios internacionales del maíz vienen registrando durante los últimos meses alzas sucesivas, llegando a superar los precios de entrada nacionales. Esta evolución alcista se produce fundamentalmente como consecuencia de las malas cosechas de los principales países exportadores por la sequía.
Esta situación podría desencadenar no sólo un incremento de precios de los piensos para la ganadería, sino incluso un desabastecimiento nacional, siendo aconsejable adoptar medidas conducentes a estabilizar en lo posible los costes de producción y a garantizar un normal abastecimiento de maíz hasta que se disponga del de producción nacional.
En su virtud, solicitado por los Ministerios de Economía y Comercio y de Agricultura y a propuesta del Ministerio de Hacienda, de acuerdo con las previsiones del artículo diecisiete del texto refundido de los Impuestos Integrantes de la Renta de Aduanas, previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día veintitrés de enero de mil novecientos ochenta y uno,
DISPONGO:
Se bonifica, durante el plazo de dos meses, el Impuesto de Compensación de Gravámenes Interiores aplicable a las importaciones de maíz de la partida 10.05.92.9 del Arancel de Aduanas, de forma tal que el tipo resultante sea el tres por ciento.
El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid a veintitrés de enero de mil novecientos ochenta y uno.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Hacienda,
JAIME GARCIA AÑOVEROS
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