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Documento BOE-A-1981-4685

Corrección de errores del Real Decreto 2698/1980, de 4 de diciembre, por el que se reestructuran los capítulos 16 a 21, 23 y 24 de la sección IV (Productos de las industrias alimenticias y tabaco); capítulos 44 a 46 de la sección IX (Madera, carbón vegetal y manufacturas de madera; corcho y sus manufacturas; manufacturas de espartería y cestería); capítulos 64 a 67 de la sección XII (Calzado; sombrerería; paraguas y quitasoles; plumas preparadas y artículos de plumas; flores artificiales; manufacturas de cabellos); capítulos 84 y 85 de la sección XVI (Máquinas y aparatos; material eléctrico).

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 50, de 27 de febrero de 1981, páginas 4424 a 4425 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Economía y Comercio
Referencia:
BOE-A-1981-4685
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1980/12/04/2698/corrigendum/19810227

TEXTO ORIGINAL

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ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 27/02/1981
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por Real Decreto 1455/1987, de 27 de noviembre (Ref. BOE-A-1987-26784).
  • Fecha de derogación: 01/01/1988
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Real Decreto 2698/1980, de 4 de diciembre (Ref. BOE-A-1980-27210).
Materias
  • Achicoria
  • Alimentación
  • Alimentos para animales
  • Arancel de Aduanas
  • Azúcar
  • Cacao
  • Café
  • Caldos y sopas
  • Calzado
  • Carnes
  • Cereales
  • Cestería y Objetos de Mimbre
  • Chacinería
  • Confitería y pastelería
  • Conservas
  • Corcho
  • Energía eléctrica
  • Esparto
  • Frutos
  • Hongos comestibles
  • Jarabe
  • Leguminosas
  • Madera
  • Maquinaria
  • Maquinaria agrícola
  • Melazas
  • Panaderías
  • Pastas alimenticias
  • Pescado
  • Piensos
  • Sombreros
  • Tabaco
  • Zumos de frutas

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