Está Vd. en

Documento BOE-A-1980-19646

Real Decreto 1808/1980, de 5 de septiembre, por el que se prorroga la suspensión parcial de aplicación de los derechos arancelarios de normal aplicación.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 219, de 11 de septiembre de 1980, páginas 20397 a 20397 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Comercio y Turismo
Referencia:
BOE-A-1980-19646
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1980/09/05/1808

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto setecientos sesenta y cuatro/mil novecientos ochenta, de dieciocho de abril, dispuso la suspensión parcial de los derechos arancelarios de normal aplicación por razones de la coyuntura económica, Por subsistir las razones y circunstancias que motivaron dicha suspensión, resulta aconsejable su prórroga, haciendo uso a tal efecto de la facultad conferida al Gobierno en el artículo sexto, apartado dos, de la vigente Ley Arancelaria.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Comercio y Turismo y previa aprobación del Consejo de Ministros en su reunión del día cinco de septiembre de mil novecientos ochenta;

DISPONGO:

Artículo único.

En el periodo comprendido entre los días doce de septiembre y veintiséis de octubre, ambos inclusive, del presente año, seguirá vigente la suspensión parcial dé aplicación de los derechos arancelarios de normal aplicación, establecida por el Real Decreto setecientos sesenta y cuatro/mil novecientos ochenta, de dieciocho de abril.

Dado en Palma de Mallorca a cinco de septiembre de mil novecientos ochenta.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Comercio y Turismo,

LUIS GAMIR CASARES

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 05/09/1980
  • Fecha de publicación: 11/09/1980
  • Fecha de entrada en vigor: 12/09/1980
  • Vigencia De la prórroga de suspensión desde el 12 de septiembre hasta el 26 de octubre de 1980.
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias anteriores
  • PRORROGA la Suspensión establecida por Real Decreto 764/1980, de 18 de abril (Ref. BOE-A-1980-8717).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 6.2 de la Ley 1/1960, de 1 de mayo (Ref. BOE-A-1960-7005).
Materias
  • Importaciones
  • Mercancías

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid