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Por Real Decreto tres mil ocho/mil novecientos setenta y ocho, de veintisiete de octubre, se regula el documento de calificación empresarial.
Basado en las mismas razones expuestas en el preámbulo de dicho Real Decreto, es conveniente la implantación del documento de calificación empresarial en las industrias o actitividades industriales agrarias de la competencia del Ministerio de Agricultura.
En su virtud, a propuesta del Ministro de Agricultura y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día tres de mayo de mil novecientos ochenta.
DISPONGO:
El Ministerio de Agricultura, en el ámbito de su competencia, aplicará el contenido del Real Decreto tres mil ocho/mil novecientos setenta y ocho, de veintisiete de octubre, a las industrias o actividades industriales agrarias de su competencia que así lo requieran.
Se faculta al Ministerio de Agricultura para dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a tres de mayo de mil novecientos ochenta.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Agricultura.
JAIME LAMO DE ESPINOSA Y MICHELS DE CHAMPOURCIN
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