En tanto no se cubra la vacante producida por el Real Decreto doscientos quince/mil novecientos ochenta, de uno de febrero, resulta conveniente encomendar los asuntos de firma y de despacho de la Dirección General del Consumo y Disciplina del Mercado al Director general de Comercio Interior del Departamento.
En su virtud, a propuesta del Ministro de Comercio y Turismo previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día quince de febrero de mil novecientos ochenta,
DISPONGO:
Mientras dure la situación de vacante de la titularidad de la Dirección General del Consumo y Disciplina del Mercado se hará cargo de los asuntos de firma y despacho del expresado Centro directivo el Director general de Comercio Interior.
El presente Real Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid a dieciocho de febrero de mil novecientos ochenta.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Comercio y Turismo,
JUAN ANTONIO GARCIA DIEZ
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