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Documento BOE-A-1980-5624

Real Decreto 423/1980, de 1 de febrero, por la modificación del Reglamento para la Pesca con Arte de Almadraba.

Publicado en:
«BOE» núm. 63, de 13 de marzo de 1980, páginas 5705 a 5705 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Transportes y Comunicaciones
Referencia:
BOE-A-1980-5624
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1980/02/01/423

TEXTO ORIGINAL

Dada la gran mutación socioeconómica experimentada desde la entrada en vigor del Reglamento para la Pesca con Arte de Almadraba, aprobado por Real Decreto de cuatro de julio de mil novecientos veinticuatro, así como la disminución de capturas recomendable a fin de poder regular el esfuerzo de pesca donde las circunstancias ecológicas y razones de otra índole lo aconsejen, resulta perjudicial mantener el criterio rígido de dicho Reglamento respecto al mantenimiento de las concesiones de almadrabas.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Transportes y Comunicaciones, de conformidad con el dictamen del Consejo de Estado y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día uno de febrero de mil novecientos ochenta,

DISPONGO:

Artículo 1.

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones podrá en cualquier supuesto de cese de una concesión de pesquero de almadraba por caducidad, cumplimiento de su plazo de vigencia u otras causas decidir discrecionalmente si procede la convocatoria de una nueva subasta, la supresión del pesquero o cualquier otra medida de acuerdo con los intereses generales.

Artículo 2.

Quedan derogadas en tal sentido las normas del vigente Reglamento para la Pesca con Arte de Almadraba, aprobado por Real Decreto de cuatro de julio de mil novecientos veinticuatro, que se opongan al artículo anterior.

Dado en Madrid a uno de febrero de mil novecientos ochenta.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Transportes y Comunicaciones,

SALVADOR SANCHEZ-TERAN HERNANDEZ

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 01/02/1980
  • Fecha de publicación: 13/03/1980
  • Fecha de entrada en vigor: 03/05/1980
Referencias anteriores
  • DEROGA, en cuanto se oponga, el Reglamento aprobado por Real Decreto de 4 de julio de 1924.
Materias
  • Almadrabas
  • Pesca marítima

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