Contido non dispoñible en galego
La disposición adicional primera del Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes de respuesta ante los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024 y la disposición adicional primera del Real Decreto-ley 7/2024, de 11 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes para el impulso del Plan de respuesta inmediata, reconstrucción y relanzamiento frente a los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024, deben imputarse al programa presupuestario 929D «Contingencias asociadas a la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) de 2024» los expedientes de gastos que se tramiten en ese ámbito.
La existencia de este nuevo programa presupuestario conllevó la necesidad de ajustar la forma de ejercicio de las competencias de determinados órganos superiores y directivos del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática.
De este modo, mediante la Orden TMD/1361/2024, de 29 de noviembre, de delegación de competencias en el ámbito del programa 929D «Contingencias asociadas a la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) de 2024», se establecieron las delegaciones de competencias realizadas por la persona titular del Departamento en diferentes órganos de este y se aprobaron las delegaciones de competencias efectuadas por la persona titular de la Secretaría de Estado de Política Territorial en otros órganos del Departamento, para el ámbito del programa presupuestario 929D «Contingencias asociadas a la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) de 2024».
Asimismo, mediante la Orden TMD/29/2025, de 15 de enero, de delegación de competencias en el Comisionado especial para la reconstrucción y reparación de los daños provocados por la DANA en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024 en el ámbito del programa 929D «Contingencias asociadas a la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) de 2024», se establecieron delegaciones de competencias realizadas por la persona titular del ministerio en el Comisionado especial.
Posteriormente, mediante la Orden TMD/1586/2025, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Orden TMD/101/2025, de 31 de enero, para la concesión directa de subvenciones a ayuntamientos y diputaciones provinciales para financiar obras de reparación, restitución o reconstrucción de infraestructuras, equipamientos o instalaciones y servicios de titularidad municipal y de la red viaria de titularidad provincial, de los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024, al amparo del artículo 5 del Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre, se incorporaron nuevas delegaciones de competencias en la figura del Comisionado especial, en materia de subvenciones y ayudas.
A la luz de la experiencia acumulada en el tiempo de vigencia de estas órdenes se ha considerado necesario, por un lado, unificar en una sola orden el conjunto de delegaciones en el ámbito del programa 929D, para una mayor claridad y seguridad jurídica, y, de otro lado, aprobar delegaciones del Secretario de Estado de Política Territorial en la figura de órganos dependientes del Comisionado especial, en el marco del programa presupuestario 922M, para el ámbito material de este órgano.
Esta orden resulta complementaria a la Orden TMD/605/2024, de 12 de junio, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y de delegación de competencias, la cual mantiene su eficacia, entre otros extremos, en lo relativo a las delegaciones realizadas en la Subdirección General de Recursos Humanos e inspección de servicios y, en materia de autorización de documentos contables, en la Subdirección General de la Oficina Presupuestaria y Gestión Económica.
A este respecto, cabe indicar que el apartado primero de la referida orden fija en 12 millones de euros el límite por debajo del cual la persona titular de la Secretaría de Estado de Política Territorial podrá Administrar los créditos para gastos de los presupuestos del Ministerio propios de su ámbito de competencia y de los órganos dependientes de la misma, aprobar y comprometer los gastos con cargo a aquellos créditos, así como reconocer las obligaciones económicas y proponer su pago, exceptuando la gestión de los créditos del capítulo 1 (Gastos de personal) de los Presupuestos del Ministerio así como conceder subvenciones y ayudas con cargo a los créditos de gasto propios de su Secretaría de Estado y de los órganos dependientes de la misma. Asimismo, dispone la delegación de competencias realizada por la persona titular del Ministerio en la persona titular de la Secretaría de Estado de Política Territorial para administrar los créditos para gastos de los presupuestos, aprobar y comprometer los gastos, reconocer las obligaciones económicas y proponer su pago, así como conceder subvenciones y ayudas que sean propias de su ámbito competencial, cuando se supere el importe de doce millones de euros, con excepción de las operaciones de gestión de los créditos del capítulo 1 (Gastos de personal) de los Presupuestos del Ministerio, siendo dichas delegaciones plenamente aplicables a la gestión del citado programa presupuestario 929D.
En su virtud, y de conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y en el artículo 20 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, resuelvo:
Se delegan en la persona titular del Comisionado especial para la reconstrucción y reparación de los daños provocados por la DANA en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024 (el Comisionado especial) las siguientes competencias en relación con los créditos del programa 929D «Contingencias asociadas a la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) de 2024», y para su ámbito material de actuación:
a) La aprobación y el compromiso de gasto, así como el reconocimiento y propuesta de pago de las obligaciones económicas excepto las referidas a los capítulos 1 (Gastos de personal) y 8 (Activos financieros) en el ámbito del servicio 01.
b) Todas las competencias que el ordenamiento jurídico atribuye a la persona titular del Departamento como órgano de contratación.
c) El ejercicio de las competencias que el ordenamiento jurídico atribuye a la persona titular del Departamento en materia de encomiendas de gestión al amparo de lo previsto en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
d) El ejercicio de las competencias que el ordenamiento jurídico atribuye a la persona titular del Departamento en materia de encargos a medios propios conforme a lo previsto en la legislación sobre contratos del sector público.
e) El ejercicio de las competencias que el ordenamiento jurídico atribuye a la persona titular del Departamento respecto de los convenios, con o sin contenido económico.
f) La convocatoria y concesión de subvenciones y ayudas, así como la declaración de pérdida del derecho al cobro o reintegro.
Se excluye de dicha delegación de competencias aquellos convenios suscritos con comunidades autónomas cuya firma sea realizada por las personas titulares de la Presidencia de una comunidad autónoma o de la Consejería correspondiente.
Se delegan en la persona titular de la Dirección General de la Administración General del Estado en el Territorio las siguientes competencias, en relación con los créditos del programa 929D «Contingencias asociadas a la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) de 2024» y para su ámbito material de actuación:
a) La aprobación y el compromiso de gasto, así como el reconocimiento y propuesta de pago de las obligaciones económicas correspondientes al capítulo 1 (Gastos de personal), excepto los gastos correspondientes al concepto 162 (gastos sociales), en el ámbito del servicio 02.
b) La autorización de todos los documentos contables, cualquiera que sea su importe, en el capítulo 1, excepto los correspondientes al concepto 162 (Gastos sociales), en el ámbito del servicio 02.
Se delegan en la persona titular de la Subdirección General de la Administración Financiera y Patrimonio de la Administración General del Estado en el Territorio las siguientes competencias, en el ámbito del programa 929D «Contingencias asociadas a la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) de 2024» y para su ámbito material de actuación:
a) La aprobación y el compromiso de gasto, así como el reconocimiento y propuesta de pago de las obligaciones económicas y la autorización de todos los documentos contables correspondientes al concepto 162 (Gastos sociales).
Se aprueba la delegación de la persona titular de la Secretaría de Estado de Política Territorial en la persona titular del Comisionado especial de las siguientes competencias en su ámbito material de actuación, previsto en el Real Decreto 1160/2024, de 19 de noviembre, por el que se crea el Comisionado especial para la reconstrucción y reparación de los daños provocados por la DANA en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024, en la Orden TMD/101/2025, de 31 de enero, para la concesión directa de subvenciones a ayuntamientos y diputaciones provinciales para financiar obras de reparación, restitución o reconstrucción de infraestructuras, equipamientos o instalaciones y servicios de titularidad municipal y de la red viaria de titularidad provincial, de los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024, al amparo del artículo 5 del Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre y en el resto del ordenamiento jurídico, en relación con los créditos presupuestarios del programa 929D «Contingencias asociadas a la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) de 2024», con excepción de las competencias que expresamente se deleguen en otros órganos del Departamento:
a) La aprobación y compromiso de gastos, así como el reconocimiento y propuesta de pago de las obligaciones económicas incluso cuando sea consecuencia del cumplimiento de resoluciones judiciales, hasta el límite de 12.000.000 euros.
b) Las competencias que el ordenamiento jurídico atribuye a la persona titular de la Secretaría de Estado de Política Territorial como órgano de contratación, en relación con los contratos hasta el límite de 12.000.000 euros.
c) El ejercicio de las competencias que el ordenamiento jurídico atribuye a la persona titular de la Secretaría de Estado de Política Territorial respecto de los convenios, con o sin contenido económico, hasta el límite de doce millones de euros.
d) La convocatoria y concesión de subvenciones, así como la declaración de pérdida del derecho al cobro o reintegro, hasta el límite de 12.000.000 euros.
e) El ejercicio de las competencias que el ordenamiento jurídico atribuye a la persona titular de la Secretaría de Estado de Política Territorial en materia de encomiendas de gestión al amparo de lo previsto en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, hasta el límite de 12.000.000 euros.
f) El ejercicio de las competencias que el ordenamiento jurídico atribuye a la persona titular de la Secretaría de Estado de Política Territorial en materia de encargos a medios propios conforme a lo previsto en la legislación sobre contratos del sector público. Encargos, hasta el límite de 12.000.000 euros.
Se aprueba la delegación de la persona titular de la Secretaría de Estado de Política Territorial en la persona titular de la Subdirección General de Administración Financiera y Patrimonio de la Administración General del Estado en el Territorio de las siguientes competencias en el ámbito material de actuación de la Dirección General de Administración General del Estado en el Territorio, en relación con los créditos presupuestarios del programa 929D «Contingencias asociadas a la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) de 2024»:
a) La aprobación y el compromiso de gastos y el reconocimiento y propuesta de pago de las obligaciones económicas hasta el límite de 600.000 euros.
b) La formalización de encomiendas de gestión del artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y de encargos a medios propios personificados a los que se refiere el artículo 32 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, cuya cuantía no supere los 600.000 euros.
c) La autorización de los documentos contables correspondientes.
Se aprueba la delegación de la persona titular de la Secretaría de Estado de Política Territorial en las personas titulares de las Delegaciones del Gobierno respecto de los servicios territoriales integrados de la provincia donde tenga su sede la Delegación, de las Subdelegaciones del Gobierno y de las Direcciones Insulares en las provincias en las que no radique la sede de la Delegación del Gobierno y en las islas, respectivamente, de las siguientes competencias, siempre que afecten únicamente al ámbito de la respectiva Delegación, Subdelegación del Gobierno o Dirección Insular en relación con los créditos presupuestarios del programa 929D «Contingencias asociadas a la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) de 2024»:
a) La aprobación y compromiso de gasto, así como el reconocimiento y propuesta de pago de las obligaciones económicas correspondientes, así como la autorización de los documentos contables necesarios.
b) La contratación de bienes corrientes, y de servicios e inversiones reales en el ámbito de los servicios territoriales integrados que les correspondan, sin perjuicio de lo dispuesto en la letra siguiente en relación con la contratación de obras y servicios asociados a las mismas.
c) La contratación de obras únicamente mediante contrato menor, incluyendo los servicios asociados a dichas obras como dirección facultativa, coordinación de seguridad y salud o redacción de proyecto. Queda excluida la contratación de obras que no consistan en contrato menor y los servicios asociados a las mismas.
d) La aprobación del gasto, así como el reconocimiento y propuesta de pago de las obligaciones con cargo a los anticipos de caja fija, la autorización de los documentos contables necesarios para la reposición de fondos e imputación al presupuesto de los gastos realizados.
e) La aprobación de las cuentas justificativas de las obligaciones satisfechas con cargo a los anticipos de caja fija y, una vez fiscalizadas las mismas, su remisión al Tribunal de Cuentas.
Se aprueba la delegación por la persona titular de la Secretaría de Estado de Política Territorial en la persona titular de la Oficina de Relaciones Institucionales del Comisionado especial para la reconstrucción y reparación de los daños provocados por la DANA en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024, de las siguientes competencias en relación con la organización de conferencias sobre gestión del riesgo de desastres, en los créditos presupuestarios del programa 922M «Organización territorial del Estado y desarrollo de sus sistemas de colaboración»:
a) La aprobación y compromiso de gastos, así como el reconocimiento y propuesta de pago de las obligaciones económicas incluso cuando sea consecuencia del cumplimiento de resoluciones judiciales, hasta el límite de 12.000.000 euros.
b) Las competencias que el ordenamiento jurídico atribuye a la persona titular de la Secretaría de Estado de Política Territorial como órgano de contratación, en relación con los contratos hasta el límite de 12.000.000 euros.
c) El ejercicio de las competencias que el ordenamiento jurídico atribuye a la persona titular de la Secretaría de Estado de Política Territorial respecto de los convenios, con o sin contenido económico, hasta el límite de doce millones de euros.
d) El ejercicio de las competencias que el ordenamiento jurídico atribuye a la persona titular de la Secretaría de Estado de Política Territorial en materia de encomiendas de gestión al amparo de lo previsto en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, hasta el límite de 12.000.000 euros.
e) El ejercicio de las competencias que el ordenamiento jurídico atribuye a la persona titular de la Secretaría de Estado de Política Territorial en materia de encargos a medios propios conforme a lo previsto en la legislación sobre contratos del sector público hasta el límite de 12.000.000 euros.
f) La coordinación, organización e impulso en la organización de las conferencias.
1. Los órganos delegantes podrán exigir de los órganos delegados la remisión periódica de una relación de los actos que se dicten en el ejercicio de las competencias delegadas.
2. Los actos que se dicten en aplicación de esta orden indicarán expresamente que lo son por delegación.
1. A partir de que esta orden comience a surtir efectos, quedará sin eficacia, la Orden TMD/1361/2024, de 29 de diciembre de delegación de competencias en el ámbito del programa 929D «Contingencias asociadas a la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) de 2024» y la Orden TMD/29/2025, de 15 de enero, de delegación de competencias en el Comisionado especial para la reconstrucción y reparación de los daños provocados por la DANA en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024 en el ámbito del programa 929D «Contingencias asociadas a la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) de 2024».
2. Sin perjuicio de lo anterior, las actuaciones incursas en procedimientos administrativos no finalizados, dictadas por delegación al amparo de las anteriores órdenes, de la Orden TMD/605/2024, de 12 de junio, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y de delegación de competencias, o de las que las precediesen, no perderán por ello su validez ni precisarán de ratificación por sus nuevos titulares.
Esta orden producirá efectos el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 22 de mayo de 2026.–El Ministro de Política Territorial y Memoria Democrática, Ángel Víctor Torres Pérez.
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