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Documento BOE-A-2019-1932

Corrección de erratas de la Orden TMS/83/2019, de 31 de enero, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2019.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 38, de 13 de febrero de 2019, páginas 13190 a 13190 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2019-1932
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2019/01/31/tms83/corrigendum/20190213

TEXTO ORIGINAL

Advertida errata en el texto de la Orden TMS/83/2019, de 31 de enero, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2019, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 29, de 2 de febrero de 2019, se procede a efectuar la oportuna rectificación:

En la página 9426, artículo 3, el cuadro que detalla las bases máximas y mínimas por contingencias comunes en el Régimen General de la Seguridad Social durante el año 2019 queda sustituido por los siguientes cuadros:

Grupo de cotización

Categorías profesionales

Bases mínimas

Euros/mes

Bases máximas

Euros/mes

1

Ingenieros y licenciados. Personal de alta dirección no incluido en el artículo 1.3.c) del Estatuto de los Trabajadores.

1.466,40

4.070,10

2

Ingenieros técnicos, peritos y ayudantes titulados.

1.215,90

4.070,10

3

Jefes administrativos y de taller.

1.057,80

4.070,10

4

Ayudantes no titulados.

1.050,00

4.070,10

5

Oficiales administrativos.

1.050,00

4.070,10

6

Subalternos.

1.050,00

4.070,10

7

Auxiliares administrativos.

1.050,00

4.070,10

Grupo de cotización

Categorías profesionales

Bases mínimas

Euros/día

Bases máximas

Euros/día

8

Oficiales de primera y segunda.

35,00

135,67

9

Oficiales de tercera y especialistas.

35,00

135,67

10

Peones.

35,00

135,67

11

Trabajadores menores de dieciocho años, cualquiera que sea su categoría profesional.

35,00

135,67

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 13/02/2019
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por Orden PCM/1353/2021, de 2 de diciembre (Ref. BOE-A-2021-20075).
  • Fecha de derogación: 05/12/2021
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de erratas de la Orden TMS/83/2019, de 31 de enero (Ref. BOE-A-2019-1366).
Materias
  • Cotización a la Seguridad Social
  • Desempleo
  • Fondo de Garantía Salarial
  • Incapacidades laborales
  • Régimen General de la Seguridad Social
  • Seguridad Social
  • Trabajadores

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