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Documento BOE-A-2018-10452

Orden DEF/782/2018, 16 de julio, por la que se delegan en el Secretario de Estado de Defensa determinadas competencias.

Publicado en:
«BOE» núm. 178, de 24 de julio de 2018, páginas 74144 a 74144 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2018-10452
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2018/07/16/def782

TEXTO ORIGINAL

La Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, en su artículo 63.1, y el artículo 9.Dos de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, confieren al Ministro de Defensa determinadas competencias en materia de modificaciones presupuestarias que es conveniente delegar en el Secretario de Estado de Defensa.

El artículo 61.b) de la Ley 40/2015, de 1 de abril, de Régimen Jurídico del Sector Público, otorga al Ministro la función de asignar los recursos necesarios para la ejecución de los objetivos del Ministerio dentro de los límites de las dotaciones presupuestarias correspondientes; si bien, con el fin de facilitar la gestión y ejecución del presupuesto del Ministerio de Defensa para el ejercicio económico de 2018, se considera conveniente delegar en el Secretario de Estado de Defensa su desarrollo mediante la correspondiente Resolución, de acuerdo, en todo caso, con la vinculación jurídica de los créditos establecida en la Ley General Presupuestaria y demás normativa de desarrollo.

Por ello, y en virtud de las facultades que me concede el artículo 9 de Ley 40/2015, de 1 de abril, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo:

Artículo 1.

Se delegan en el Secretario de Estado de Defensa, para el ejercicio 2018, las competencias que me otorga el artículo 63.1 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.

Artículo 2.

Se delegan en el Secretario de Estado de Defensa las competencias que me otorga el artículo 9.Dos de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018.

Artículo 3.

Se delega en el Secretario de Estado de Defensa la competencia para desarrollar el Presupuesto de la sección 14 mediante la correspondiente Resolución, de acuerdo con la vinculación jurídica de los créditos, establecida en la Ley General Presupuestaria y demás normativa de desarrollo, de acuerdo con el artículo 61.b) de la Ley 40/2015, de 1 de abril, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Disposición final primera. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», y surtirá efectos económicos a partir de la entrada en vigor de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018.

Madrid, 16 de julio de 2018.–La Ministra de Defensa, Margarita Robles Fernández.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 16/07/2018
  • Fecha de publicación: 24/07/2018
  • Fecha de entrada en vigor: 24/07/2018
  • Efectos económicos desde el 5 de julio de 2018.
Referencias anteriores
Materias
  • Delegación de atribuciones
  • Secretaría de Estado de la Defensa

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