Está Vd. en

Documento BOE-A-2015-30

Orden DEF/2519/2014, de 16 de diciembre, por la que se modifica la Orden DEF/974/2012, de 23 de abril, sobre delegación de competencias en materia de administración de los créditos del presupuesto, de aprobación del gasto y de su compromiso y de propuestas de pago, en el ámbito del Ministerio de Defensa.

Publicado en:
«BOE» núm. 2, de 2 de enero de 2015, páginas 95 a 96 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2015-30
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2014/12/16/def2519

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 872/2014, de 10 de octubre, por el que se establece la organización básica de las Fuerzas Armadas, determina que la Unidad Militar de Emergencias queda bajo la dependencia orgánica del Jefe del Estado Mayor de la Defensa.

Este cambio de dependencia repercute, entre otros aspectos, en el cambio de adscripción en la estructura presupuestaria del Ministerio de Defensa, pasando a depender la Unidad Militar de Emergencias del Servicio Presupuestario 02. Cuartel General del EMAD y dejando de estar adscrita al servicio presupuestario 03. Secretaria de Estado de Defensa, motivo por el cual resulta necesario, a su vez, modificar la Orden DEF/974/2012, de 23 de abril, sobre delegación de competencias en materia de administración de los créditos del presupuesto, de aprobación del gasto y de su compromiso y de propuestas de pago, en el ámbito del Ministerio de Defensa.

Asimismo, y debido a los procesos que se derivan de la aplicación de la Orden Ministerial 274/2001, de 27 de diciembre, para la implantación de la Nómina Unificada del Ministerio de Defensa, el artículo 4.1.a) de la Orden DEF/2427/2013, de 17 de diciembre, por la que se modifica la Orden DEF/974/2012, de 23 de abril, delega las facultades en materia de Créditos del Capítulo 1, en relación con los créditos referentes a la nómina del personal, en el Subdirector General de Servicios Económicos y Pagadurías, contemplando la disposición transitoria única de la citada norma, como periodo transitorio, el ejercicio 2014, por lo que para el 1 de enero de 2015 estarán centralizados en el Servicio Presupuestario 01 tanto los créditos del capítulo 1 como la gestión de la nómina.

Establecidos los diferentes procesos y medios necesarios para poder llevar a cabo esta centralización, se considera que la reclamación y abono de retribuciones e indemnizaciones por la participación en Operaciones de Mantenimiento de la Paz y Ayuda Humanitaria, que vienen realizándose por los Ejércitos, se pueden llevar a cabo con una mayor economía de medios, a partir del 1 de enero de 2015, si se realiza por la citada Subdirección General de Servicios Económicos y Pagadurías, por lo que, con ese fin, se considera necesario modificar lo dispuesto en el artículo 4.1.a) de la citada Orden DEF/2427/2013 de 17 de diciembre, en el sentido indicado.

En su virtud, dispongo:

Artículo único. Modificación de la Orden DEF/974/2012, de 23 de abril, sobre delegación de competencias en materia de administración de los créditos del presupuesto, de aprobación del gasto y de su compromiso y de propuestas de pago, en el ámbito del Ministerio de Defensa.

La Orden DEF/974/2012, DE 23 de abril, sobre delegación de competencias en materia de administración de los créditos del presupuesto, de aprobación del gasto y de su compromiso y de propuestas de pago, en el ámbito del Ministerio de Defensa, queda modificada como sigue:

Uno. El artículo 1.b) queda redactado como sigue:

«b) Servicio Presupuestario 02. Estado Mayor de la Defensa:

Centros de Responsabilidad de Gasto del SP 02: ‘‘Estado Mayor de la Defensa’’.

021. Estado Mayor de la Defensa.

022. Centro Superior de Estudios de la Defensa Nacional.

023. Componente Nacional Cuartel General de la OTAN.

024. Unidad Militar de Emergencias.»

Dos. El artículo 1.c) queda redactado como sigue:

«c) Servicio Presupuestario 03. Secretaría de Estado de Defensa:

Centros de Responsabilidad de Gasto del SP 03: ‘‘Secretaría de Estado de Defensa’’.

031. Secretaría de Estado de Defensa.

032. Cuarto Militar de S.M. y Guardia Real.

033. Área de Asuntos Económicos en el Exterior.

034. DGAM.

035. DIGENIN.»

Tres. El artículo 2.2.f) queda redactado como sigue:

«f) El Jefe de la Sección de Asuntos Económicos de la Unidad Militar de Emergencias respecto de los créditos del Servicio Presupuestario 02. “Estado Mayor de la Defensaˮ, para atender a las necesidades del centro de responsabilidad de gasto 024 “Unidad Militar de Emergenciasˮ.»

Cuatro. El artículo 4.1 queda redactado como sigue:

«1. Se delegan las facultades de aprobación del gasto y su compromiso, del reconocimiento de las obligaciones correspondientes, así como la de proponer los pagos, en el Subdirector General de Servicios Económicos y Pagadurías, en relación con los créditos referentes a la nómina del personal, incluidos los correspondientes a las cuotas sociales, así como los créditos asignados para los gastos de personal originados por los miembros de la Guardia Civil y los intérpretes, con motivo de su participación en las diferentes Operaciones de Mantenimiento de la Paz y Ayuda Humanitaria.»

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente orden ministerial entrará en vigor el día 1 de enero de 2015.

Madrid, 16 de diciembre 2014.–El Ministro de Defensa, Pedro Morenés Eulate.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 16/12/2014
  • Fecha de publicación: 02/01/2015
  • Fecha de entrada en vigor: 01/01/2015
Referencias anteriores
  • MODIFICA los arts. 1.b), 1.c), 2.2.f) y 4.1 de la Orden DEF/974/2012, de 23 de abril (Ref. BOE-A-2012-6204).
  • DE CONFORMIDAD con el Real Decreto 872/2014, de 10 de octubre (Ref. BOE-A-2014-10520).
  • CITA Orden DEF/2427/2013, de 17 de diciembre (Ref. BOE-A-2013-13659).
Materias
  • Delegación de atribuciones
  • Estado Mayor de la Defensa
  • Ministerio de Defensa
  • Secretaría de Estado de la Defensa
  • Unidad Militar de Emergencias

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid