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Documento BOE-A-2014-9548

Orden SSI/1687/2014, de 9 de septiembre, por la que se modifica la Orden de 21 de julio de 1994, por la que se regulan los ficheros con datos de carácter personal.

Publicado en:
«BOE» núm. 228, de 19 de septiembre de 2014, páginas 73463 a 73465 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2014-9548
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2014/09/09/ssi1687

TEXTO ORIGINAL

Mediante la Orden de 21 de julio de 1994, por la que se regulan los ficheros con datos de carácter personal gestionados por el Ministerio de Sanidad y Consumo, se dio cumplimiento a lo establecido en la disposición adicional segunda, 2 de la Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, de regulación del tratamiento automatizado de los datos de carácter personal.

El artículo 20.1 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas sólo podrá llevarse a cabo por medio de disposición general publicada en el «Boletín Oficial del Estado» o en el «Diario Oficial» correspondiente.

Desde su publicación, la Orden de 21 de julio de 1994, ha sido objeto de numerosas modificaciones y actualizaciones, siendo ahora necesario proceder a una nueva modificación, para la creación de un nuevo fichero de carácter mixto con datos de carácter personal denominado «Premio de la Delegación del Gobierno para la Violencia de Género a Tesis Doctorales sobre violencia de género» y que formará parte del anexo 3 de la citada orden («Ficheros con datos de carácter personal sobre Política Social»). El fin de este nuevo fichero es recoger los datos de carácter personal contenidos en las solicitudes remitidas por las personas, o sus representantes, interesadas en participar en la convocatoria del mencionado premio, de acuerdo con las funciones que corresponden a la Delegación del Gobierno para la Violencia de Género en virtud del artículo 3.1 del Real Decreto 200/2012, de 23 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y se modifica el Real Decreto 1887/2011, de 30 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

En la tramitación de esta orden ha emitido informe preceptivo la Agencia Española de Protección de Datos.

En su virtud, dispongo:

Artículo 1. Creación del fichero.

Se amplía el contenido del anexo 3 «Ficheros con datos de carácter personal sobre Política Social» de la Orden de 21 de julio de 1994, por la que se regulan los ficheros con datos de carácter personal gestionados por el Ministerio de Sanidad y Consumo, con la creación de un nuevo fichero de carácter mixto, denominado «Premio de la Delegación del Gobierno para la Violencia de Género a Tesis Doctorales sobre violencia de género», que recogerá los datos de carácter personal contenidos en las solicitudes remitidas por las personas, o sus representantes, interesadas en participar en la convocatoria del mencionado premio, cuyos datos figuran como anexo a la presente orden.

Artículo 2. Gestión y organización del fichero.

La persona titular de la Delegación del Gobierno para la Violencia de Género adoptará, bajo la superior dirección de la persona titular del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, las medidas de gestión y organización que sean necesarias, asegurando, en todo caso, la confidencialidad, seguridad e integridad de los datos, así como las conducentes a hacer efectivas las garantías, derechos y obligaciones reconocidos en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, y demás normas de desarrollo.

Los datos de carácter personal registrados en los ficheros relacionados con el Anexo sólo serán utilizados para los fines expresamente previstos y por el personal debidamente autorizado.

Artículo 3. Cesión de datos.

Los datos contenidos en este fichero sólo podrán ser cedidos en los supuestos expresamente previstos por la ley.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 9 de septiembre de 2014.–La Ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Ana Mato Adrover.

ANEXO
Fichero de nueva creación

Denominación: «Premio de la Delegación del Gobierno para la Violencia de Género a Tesis Doctorales sobre violencia de género».

Finalidad y usos previstos: Selección de personas beneficiarias del Premio de la Delegación del Gobierno para la Violencia de Género a Tesis Doctorales sobre violencia de género.

Origen de los datos: Solicitudes remitidas por las personas, o sus representantes, interesadas en participar en la convocatoria del premio.

Colectivo de personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resultan obligadas a suministrarlos: Personas que presenten solicitudes para participar en la convocatoria del Premio de la Delegación del Gobierno para la Violencia de Género a Tesis Doctorales sobre violencia de género.

Procedimiento de recogida de datos: A través de las solicitudes remitidas por las personas, o sus representantes, interesadas en participar en la convocatoria del premio, ya sea presencial o electrónicamente a través de la sede electrónica del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad (http://www.msssi.gob.es).

Estructura básica del fichero y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo: Datos identificativos: Nombre, apellidos, DNI/pasaporte, domicilio particular, código postal, provincia, municipio, país, teléfono, correo electrónico, fax, firma/huella; Datos académicos: Titulación y universidad, título de la Tesis Doctoral; Curriculum vitae; Cumplimiento de las obligaciones para ser persona beneficiaria de subvención pública.

Sistema de tratamiento utilizado: Mixto.

Comunicaciones de datos previstas: Publicación de las personas beneficiarias en el «Boletín Oficial del Estado», Intervención General de la Administración del Estado, Administración Tributaria, Tribunal de Cuentas y entidades financieras en que se produzca, en su caso, el abono del importe del premio.

Transferencias internacionales de datos previstas a tercero países: Ninguna.

Órgano de la Administración responsable del fichero: Delegación del Gobierno para la Violencia de Género - Subdirección General de Sensibilización, prevención y conocimiento de la Violencia de Género.

Servicio o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición al tratamiento de sus datos podrán ser ejercidos mediante comunicación escrita a la Delegación del Gobierno para la Violencia de Género – Subdirección General de Sensibilización, Prevención y Conocimiento de la Violencia de Género, Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, en Calle Alcalá, número 37, CP 28071, Madrid o a través de la dirección de correo electrónico dgviolenciagenero@msssi.es.

Nivel de seguridad: Básico.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 09/09/2014
  • Fecha de publicación: 19/09/2014
  • Fecha de entrada en vigor: 20/09/2014
Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo III de la Orden de 21 de julio de 1994 (Ref. BOE-A-1994-17552).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 20.1 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre (Ref. BOE-A-1999-23750).
Materias
  • Ficheros con datos personales
  • Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad

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