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Documento BOE-A-2008-4320

Orden SCO/580/2008, de 19 de febrero, por la que se crean y modifican ficheros de la Orden de 21 de julio de 1994, por la que se regulan los ficheros de carácter personal gestionados por el Ministerio de Sanidad y Consumo.

Publicado en:
«BOE» núm. 56, de 5 de marzo de 2008, páginas 13585 a 13586 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Consumo
Referencia:
BOE-A-2008-4320
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2008/02/19/sco580

TEXTO ORIGINAL

Mediante la Orden de 21 de julio de 1994, por la que se regulan los ficheros con datos de carácter personal gestionados por el Ministerio de Sanidad y Consumo, se dio cumplimiento, en el ámbito del departamento, a lo establecido en la disposición final segunda de la Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, de regulación del tratamiento automatizado de los datos de carácter personal. El artículo 20.1 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, dispone que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones públicas sólo podrán hacerse por medio de disposición general publicada en el «Boletín Oficial del Estado» o Diario oficial correspondiente. Para dar cumplimiento a lo establecido en dicho artículo y completar al mismo tiempo la relación de ficheros con datos de carácter personal gestionados por el Ministerio de Sanidad y Consumo, se procede a su regulación mediante esta disposición. En la tramitación de esta orden ha emitido informe la Agencia Española de Protección de Datos. En su virtud, dispongo:

Primero.-Se amplía el contenido del anexo II «Ficheros de Carácter Administrativo» de la Orden de 21 de julio de 1994, por la que se regulan los ficheros con datos de carácter personal gestionados por el Ministerio de Sanidad y Consumo, con la creación del fichero cuyos datos figuran como anexo I de esta orden.

Segundo.-Se modifica el órgano de la Administración responsable del fichero y la unidad administrativa ante la cual se podrán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición del fichero que figura en el anexo II. Tercero.-Se especifica la cesión de datos en los ficheros que se relacionan en los anexos III y IV. Cuarto.-El titular del órgano responsable del fichero relacionado en el anexo I adoptará, bajo la superior dirección del Ministro de Sanidad y Consumo, las medidas de gestión y organización que sean necesarias, asegurando, en todo caso, la confidencialidad, seguridad e integridad de los datos, así como las conducentes a hacer efectivas las garantías, obligaciones y derechos reconocidos en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y en sus normas de desarrollo, y en el Real Decreto 994/1999, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de medidas de seguridad de los ficheros automatizados que contengan datos de carácter personal. Quinto.-Los datos contenidos en el fichero relacionado en el anexo I solo podrán ser cedidos en los supuestos expresamente previstos por la ley.

Sexto.-La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 19 de febrero de 2008.-El Ministro de Sanidad y Consumo, Bernat Soria Escoms.

ANEXO I Instituto Nacional del Consumo

Denominación del fichero: Directorio general. Finalidad del fichero: Comunicaciones y contactos externos establecidos por el Instituto Nacional del Consumo. Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: Personas físicas con las que el Instituto Nacional del Consumo entre en comunicación o se ponga en contacto en el ejercicio de las funciones que tiene encomendadas. Procedimiento de recogida de datos de carácter personal: Directamente de las personas físicas con las que el Instituto entre en comunicación o se ponga en contacto o a través de las Administraciones públicas que faciliten los datos de las personas de contacto. Estructura básica del fichero: Base de datos. Datos de carácter personal incluidos en el fichero: Nombre y apellidos, dirección, cargo, centro directivo, teléfono, fax, correo electrónico. Cesiones de datos de carácter personal y/o transferencias de datos que se prevean a países terceros: Cesión de datos para el ejercicio de las funciones para las que hayan sido recabados. Órgano de la Administración responsable del fichero: Instituto Nacional del Consumo, calle Príncipe de Vergara, 54. 28006 Madrid. Unidad administrativa ante la cual se podrán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Jefatura de Área de Administración del Instituto Nacional del Consumo, calle Príncipe de Vergara, 54. 28006 Madrid. Medidas de seguridad con indicación de nivel: Básico.

ANEXO II Instituto Nacional del Consumo

Se modifican los apartados relativos al órgano de la Administración responsable del fichero y la unidad administrativa ante la cual se podrán ejercitar diversos derechos, del fichero denominado «Consultas y Reclamaciones CEC», con N.º de inscripción 2062420191, que quedan redactados de la siguiente manera:

«Órgano de la Administración responsable del fichero: Ministerio de Sanidad y Consumo, Instituto Nacional del Consumo, Centro Europeo del Consumidor.

Unidad administrativa ante la cual se podrán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Centro Europeo del Consumidor.»

ANEXO III Instituto Nacional del Consumo

Se modifica el apartado de cesiones de datos del fichero denominado «Consultas, reclamaciones y arbitraje de consumo», con N.º de inscripción 2073190471, que queda redactado de la siguiente manera:

«Cesiones de datos de carácter personal y/o transferencias de datos que se prevean a países terceros: a cuantos agentes puedan intervenir en el procedimiento de carácter voluntario en los términos establecidos en el artículo 11 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.»

ANEXO IV Instituto Nacional del Consumo

Se modifica el apartado de cesiones de datos del fichero denominado «Empresas adheridas al sistema arbitral del consumo», con N.º de inscripción 2073190497, que queda redactado de la siguiente manera:

«Cesiones de datos de carácter personal y/o transferencias de datos que se prevean a países terceros: Cesión de datos a efectos de publicidad y divulgación de la adhesión, cuando el empresario o profesional sea una persona física, cesión a las Juntas Arbitrales de Consumo, a los interesados legítimos y cuantos intervengan en el procedimiento en los términos establecidos en el artículo 11 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.»

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 19/02/2008
  • Fecha de publicación: 05/03/2008
  • Fecha de entrada en vigor: 06/03/2008
Referencias anteriores
  • AMPLIA el anexo II de la Orden de 21 de julio de 1994 (Ref. BOE-A-1994-17552).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 20.1 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre (Ref. BOE-A-1999-23750).
Materias
  • Ficheros con datos personales
  • Ministerio de Sanidad y Consumo

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