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La Orden INT/1147/2007, de 23 de abril, aprobó las bases reguladoras de los Premios «Experiencias pedagógicas sobre seguridad en el entorno escolar», con la finalidad de premiar los trabajos o actividades escolares en el ámbito de la seguridad ciudadana. En su apartado octavo se regula la composición de la Comisión de Valoración que examinará las solicitudes. Teniendo en cuenta la agilidad y dinamismo que debe presidir todo el procedimiento y, por otro lado, considerando la dedicación y entrega que supone la tarea de analizar todas las experiencias presentadas, resulta necesario facilitar la composición y funcionamiento de la citada Comisión, ya que ello redundara en última instancia en beneficio tanto de los posibles premiados como de la Administración. En consecuencia, se hace necesario introducir la posibilidad de delegación por parte del Director del Gabinete del Titular del Departamento y de la Secretaria General Técnica, así como que los cuatro vocales designados por el Presidente de la Comisión se destaquen por su cualificación y actividad. En su virtud, previo informe de la Abogacía del Estado y de la Intervención Delegada en el Departamento, dispongo:
Apartado único. Modificación de la Orden INT/1147/2007, de 23 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras de los Premios «Experiencias pedagógicas sobre seguridad en el entorno escolar».-El apartado octavo.1 de la Orden INT/1147/2007, de 23 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras de los Premios «Experiencias pedagógicas sobre seguridad en el entorno escolar» queda redactado de la siguiente manera: «1. Las solicitudes serán examinadas y valoradas por la Comisión de Evaluación de Propuestas, que estará presidida por el Subsecretario del Interior, y de la cual formarán parte, en calidad de vocales: a) El Director del Gabinete del Ministro del Interior o persona en quien delegue.
b) La Secretaria General Técnica o persona en quien delegue. c) Dos Vocales designados por el Presidente de la Comisión por su cualificación y actividad, en el ámbito de la seguridad ciudadana. d) Dos Vocales designados por el Presidente de la Comisión, a propuesta del Ministerio de Educación y Ciencia, por su cualificación y actividad, en el ámbito de la educación. e) El Director del Gabinete Técnico de la Subsecretaria del Interior, que actuará en calidad de Secretario.
Cuando el Presidente lo estime necesario podrá incorporarse a la Comisión, con voz pero sin voto, personal adscrito a las unidades con competencias en las áreas a que afecte la evaluación.»
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 16 de enero de 2008.-El Ministro del Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba.
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