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Documento BOE-A-2007-9415

Orden PRE/1263/2007, de 8 mayo, por la que se modifica el anexo II del Real Decreto 1275/2003, de 10 de octubre, relativo a los complementos alimenticios.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 111, de 9 de mayo de 2007, páginas 19905 a 19906 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-2007-9415
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2007/05/08/pre1263

TEXTO ORIGINAL

Mediante el Real Decreto 1275/2003, de 10 de octubre, relativo a los complementos alimenticios, se incorporó a nuestro ordenamiento jurídico la Directiva 2002/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 10 de junio de 2002, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros en materia de complementos alimenticios. El Real Decreto 1275/2003, de 10 de octubre, establece en sus anexos I y II las vitaminas y minerales, así como las sustancias vitamínicas y sales minerales que pueden utilizarse en la fabricación de los complementos alimenticios. Recientemente, la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria ha emitido y publicado una evaluación científica favorable relativa a determinadas sustancias vitamínicas y sales minerales. Por ello, la Comisión Europea ha adoptado la Direc-tiva 2006/37/CE de la Comisión, de 30 de marzo de 2006, por la que se modifica el anexo II de la Directiva 2002/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, en cuanto a la inclusión de determinadas sustancias. Mediante esta orden se transpone al ordenamiento jurídico interno la Directiva 2006/37/CE de la Comisión, de 30 de marzo de 2006, de acuerdo con lo establecido en la disposición final tercera del Real Decreto 1275/2003, de 10 de octubre. En su tramitación han sido oídos los sectores afectados, consultadas las comunidades autónomas, y ha emitido informe preceptivo la Comisión Interministerial para la Ordenación Alimentaria. En su virtud, a propuesta de las Ministras de Sanidad y Consumo y de Agricultura, Pesca y Alimentación, de acuerdo con el Consejo de Estado, dispongo:

Artículo único. Modificación del Real Decreto 1275/2003, de 10 de octubre, relativo a los complementos alimenticios.

El anexo II del Real Decreto 1275/2003, de 10 de octubre, relativo a los complementos alimenticios, se modifica del modo siguiente: Uno. El apartado 10 de la sección A «Sustancias vitamínicas», queda redactado de la siguiente manera: «10. Folato: a) Ácido teroilmonoglutámico.

b) L-metilfolato cálcico.»

Dos. En la sección B «Sales minerales», se añade, antes de «Acetato de zinc», la línea siguiente:

«Bisglicinato ferroso.»

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 8 de mayo de 2007.-La Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra de la Presidencia, María Teresa Fernández de la Vega Sanz.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 08/05/2007
  • Fecha de publicación: 09/05/2007
  • Fecha de entrada en vigor: 10/05/2007
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por Real Decreto 1487/2009, de 26 de septiembre; (Ref. BOE-A-2009-16109).
  • Fecha de derogación: 10/10/2009
Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo II del Real Decreto 1275/2003, de 10 de octubre (Ref. BOE-A-2003-18925).
  • TRANSPONE la Directiva 2006/37/CE, de 30 de marzo (Ref. DOUE-L-2006-80604).
Materias
  • Aditivos alimentarios
  • Alimentos dietéticos
  • Especialidades y productos farmacéuticos
  • Minerales
  • Productos alimenticios

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