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Documento BOE-A-2002-7770

Orden APA/880/2002, de 17 de abril, por la que se actualiza el anexo del Real Decreto 558/2001, de 25 de mayo, por el que se regula el reconocimiento oficial de las organizaciones o asociaciones de criadores de perros de raza pura.

Publicado en:
«BOE» núm. 98, de 24 de abril de 2002, páginas 15116 a 15117 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-2002-7770
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2002/04/17/apa880

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 558/2001, de 25 de mayo, por el que se regula el reconocimiento oficial de las organizaciones o asociaciones de criadores de perros de raza pura, establece los requisitos que deben cumplir los animales de la especie canina para su inclusión en el libro genealógico correspondiente, incorporando en un anexo el listado de las razas caninas españolas con sus prototipos raciales y facultando, en su disposición final tercera, al Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación para dictar las disposiciones necesarias para la modificación e inclusión en el anexo de nuevas razas caninas, previo informe del Comité de Razas de Ganado de España establecido por el Real Decreto 1682/1987, de 7 de noviembre, por el que se actualiza el Catálogo Oficial de Razas de Ganado de España.

En la pasada reunión del citado Comité, que tuvo lugar el día 4 de diciembre de 2001, fue propuesta y admitida la inclusión de una variedad de una raza canina española en el anexo del Real Decreto 558/2001.

En la elaboración de la presente Orden han sido consultadas las Comunidades Autónomas, el sector, así como entidades científicas en materia de reproducción, selección y genética animal.

En su virtud, dispongo:

Artículo único. Inclusión de una variedad de una raza canina española.

Se incluye en el anexo del Real Decreto 558/2001, como raza canina española, con su prototipo racial, la siguiente:

Variedad «lletsua» del Euskal Artzain Txakurra (Perro de Pastor Vasco)

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 17 de abril de 2002.

ARIAS CAÑETE

PROTOTIPO RACIAL DEL EUSKAL ARTZAIN TXAKURRA (PERRO DE PASTOR VASCO), VARIEDAD ILETSUA

I. Apariencia general.

Eumétrico, longilíneo, de tronco fuerte y rectangular.

Con angulaciones de un trotador. Cuerpo cubierto por un manto típico de pelo más cerdoso que el de la variedad Gorbeiakoa. De capas rubias o leonadas y canelas.

a) Proporciones importantes: La relación entre alzada y longitud es próxima al 1/1,2 en ambos sexos y entre cráneo y cara de 5/5.

b) Temperamento y comportamiento: Suele ser un perro que establece un estrecho vínculo con su dueño al que le es fiel incondicionalmente. De clara y marcada territorialidad.

c) Utilización: Perro de pastor.

II. Cabeza.

De líneas cráneo-faciales divergentes y perfil craneal subconvexo. De forma troncopiramidal alargada, más bien liviana en comparación con el desarrollo del tronco.

Cubierta de pelo más corto que en el resto del cuerpo y sin tapar los ojos. Dimorfismo sexual poco marcado.

a) Cráneo: De gran longitud, suavemente rectangular. Protuberancia occipital moderadamente marcada. Suave meseta en la parte central del cráneo. Arcos superciliares marcados y cuencas difuminadas.

b) Cara: Perfil superior recto o suavemente subconvexo en su extremo distal.

c) Nariz: Recta, no excesivamente dilatada. La trufa es siempre de color negro.

d) Hocico: Ligero, perfil superior recto o levemente subconvexo en su extremo distal. De color canela más intenso que el resto del cuerpo o negro. Pelo corto.

e) «Stop»: Netamente definido, sin exageraciones.

f) Labios: Firmes y ajustados, no flácidos ni pesados, cubriendo bien el maxilar inferior. No forman comisura labial marcada. Pigmentados en negro.

g) Mandíbula-dientes: Fuerte, completa, ortognato. Mordida en tijera.

h) Ojos: Medianos, ovalados, con párpados negros e iris castaño y ámbar. De posición subfrontal.

i) Orejas: Prioritariamente por encima de la línea de prolongación del vértice extremo del ojo. Medianas. Triangulares y, a veces, con pliegue en su tercio proximal que la inclina hacia atrás.

III. Cuello.

Más bien corto, cilíndrico y de buen desarrollo muscular. De suave inserción en la cabeza y más amplio en el tronco.

IV. Tronco.

Costillares arqueados y medianamente profundos.

a) Cruz: Definida. Larga, pero escasamente pronunciada que se continúa por un dorso amplio. De longitud media, recto y de gran fortaleza.

b) Espalda: Escápula moderadamente inclinada de suave transición con los costillares. De fuerte desarrollo muscular.

c) Lomo: Recto, firme incluso en movimiento. Corto en relación con el dorso y bien musculado.

d) Grupa: De amplios desarrollos tanto en longitud como en anchura, resultando ambas similares. La angulación de la inclinación de la grupa oscila entre 30º y 40º.

e) Pecho: Moderadamente ancho, más bien profundo.

f) Abdomen: Ligeramente recogido.

V. Cola.

Inserción media-alta, llegando hasta el corvejón. De gran movilidad. Larga y acodada en reposo. Puede adoptar tres posiciones:

En descanso: Bajo.

En atención: Bandera.

En actividad: Hoz.

VI. Extremidades anteriores.

a) Apariencia general: Bien aplomadas, secas y fuertes, con tendones de gran desarrollo y marcados.

Recubiertas de pelo corto en la parte anterior y con flecos en la posterior.

b) Hombros: Poco manifiestos y de adecuado desarrollo.

c) Brazos: Fuertes, no muy largos.

d) Codos: Paralelos y bien pegados al cuerpo. Coincidentes con la línea del esternón.

e) Antebrazos: De gran fortaleza, verticales y algo más largos que los brazos.

f) Carpos: De gran desarrollo.

g) Metacarpos: Cortos, fuertes y bien aplomados.

h) Pies: Ovalados, con pulpejos duros y resistentes.

VII. Extremidades posteriores.

a) Apariencia general: Muy fuertes, paralelas en vista posterior y capaces de impulsar al animal con potencia. Moderada angulación.

b) Muslos: Muy fuertes, con buen desarrollo muscular, más bien largos.

c) Rodillas: Marcadas sin exageración, con una angulación entre 115º y 120º.

d) Piernas: Fuertes y musculadas. De planos musculares rectos o algo convexos.

e) Corvejones: Descendidos sin exceso. Secos. Con punta del corvejón apreciable.

f) Metatarsos: Cortos, potentes y verticales.

g) Pies: Ovalados. Con uno o dos espolones en cada extremidad o sin ellos.

VIII. Movimiento.

La característica de los perros de pastor es el trote.

Suave, amplio, fácil, con buen empuje trasero, la cabeza en prolongación al tronco.

IX. Piel.

Más bien gruesa, ajustada a los planos musculares y relieves óseos.

X. Pelo.

Moderadamente largo, áspero, de aspecto rústico.

Más corto en cara y parte anterior de las extremidades.

XI. Color.

Rubio o leonado y canela.

XII. Tamaño y peso.

Altura a la cruz:

Machos: 47 a 63 centímetros.

Hembras: 46 a 58 centímetros.

Peso:

Machos: 18 a 33 kilogramos.

Hembras: 17 a 30 kilogramos.

XIII. Faltas.

Comunes a las dos variedades. Las que supongan una desviación clara del tipo o las que impliquen problemas hereditarios que perjudiquen la salud o la función de la raza.

La gravedad de las faltas se considerará en proporción al grado de la desviación del estándar. Los machos deben presentar dos testículos en perfecto desarrollo dentro del escroto.

Defectos descalificables:

Defectos de la dentición: Prognatismo, ausencia de más de dos premolares, pérdida de incisivos o caninos.

Defectos de las orejas: Orejas amputadas.

Ausencia de «stop».

Defectos de los ojos: Animales ciegos, fuertes o faltos de visión, iris de color azul o verde.

Cola: Corta de nacimiento, amputada, excesivamente larga.

Pelo: Ausencia de pelo en alguna región donde es característico.

Color: Capas de color blanca, negra o gris y manchas blancas u oscuras.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 17/04/2002
  • Fecha de publicación: 24/04/2002
  • Fecha de entrada en vigor: 25/04/2002
Referencias anteriores
Materias
  • Animales de compañía
  • Asociaciones
  • Catálogo Oficial de Razas de Ganado de España
  • Comité de Razas de Ganado de España
  • Ministerio de Agricultura Pesca y Alimentación

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