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En uso de las facultades que me confieren las disposiciones vigentes en la materia, dispongo:
Primero.-De delegan en el Secretario de Estado de Defensa las competencias que me confiere el artículo 69.1 del texto refundido de la Ley General Presupuestaria 11/1977, aprobado por Real Decreto Legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre, y el artículo 10, dos y seis, de la Ley 13/2000, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2001.
Segundo.-Con el fin de facilitar la gestión y ejecución del presupuesto del Ministerio de Defensa para el ejercicio económico del 2001, y sin perjuicio de la vinculación jurídica de los créditos establecida en el artículo 59.2 del texto refundido de la Ley General Presupuestaria, el Secretario de Estado de Defensa desarrollará el mismo mediante la correspondiente Resolución.
Tercero.-La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado" y surtirá efectos económicos a partir del 1 de enero de 2001.
Madrid, 3 de enero de 2001.
TRILLO-FIGUEROA Y MARTÍNEZ-CONDE
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid