Contenu non disponible en français
«Telefónica, Sociedad Anónima» presentó ante el Ministerio de Fomento una propuesta para la aprobación de tarifas para nuevas facilidades de identificación de la línea llamante, y del número llamante en los mensajes depositados en el servicio contestador, ambos suplementarios del servicio telefónico fijo disponible al público. De conformidad con lo establecido en la legislación vigente, dicha propuesta ha sido sometida a informe de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones y, tras consulta al Consejo de Consumidores y Usuarios, finalmente ha sido aprobada por la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos en reunión del día 4 de febrero de 1999.
En su virtud dispongo:
Se hacen públicas las tarifas de las facilidades de identificación de la línea llamante, y de identificación del número llamante en los mensajes en depósito del servicio contestador, aprobadas por la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, que se recogen en el anexo de esta Orden.
A los importes de estas tarifas, que son netos, se les aplicarán los impuestos indirectos correspondientes, de acuerdo con la normativa tributaria vigente.
Esta Orden entrará en vigor a las cero horas del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 11 de febrero de 1999.
ARIAS-SALGADO MONTALVO
Ilmo. Sr. Secretario general de Comunicaciones.
1. Facilidad de identificación de la línea llamante. Tarifas máximas:
1.1 Cuota de alta: 1.000 pesetas (6,0101 euros).
1.2 Cuota mensual de abono: 200 pesetas (1,2020 euros).
2. Facilidad de identificación del número llamante en los mensajes en depósitos del servicio contestador.
Tarifas máximas:
2.1 Cuota de alta: 1.000 pesetas (6,0101 euros).
2.2 Cuota mensual de abono: 100 pesetas (0,6010 euros).
3. Comunicación de tarifas.
Dentro de los límites fijados en los apartados anteriores, «Telefónica, Sociedad Anónima» comunicará las tarifas que establezca inicialmente, y, en su caso, las modificaciones posteriores, a la Secretaría General de Comunicaciones, a las Asociaciones de Consumidores y Usuarios legalmente establecidas y a los usuarios afectados, al menos, con un mes de antelación a su implantación o modificación.
Agence d'État Bulletin Officiel de l'État
Av. Manoteras, 54 - 28050 Madrid