Edukia ez dago euskaraz
Por Orden de 16 de julio de 1997 se establecieron las bases reguladoras de los premios nacionales relacionados con el comercio interior, en los que se destacan las actuaciones de renovación urbana comercial en el centro de las ciudades y el desarrollo comercial y modernización empresarial, mediante la mejora de la tecnología y asociación y fusión de empresas. La experiencia obtenida en la concesión de los citados premios nacionales, aconseja la modificación de la citada Orden de 16 de julio de 1997, creando dos accésit al Premio Nacional a Ayuntamientos en materia de renovación urbana comercial en el centro de las ciudades, que tendrán carácter honorífico y sin dotación económica.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 81.6 de la Ley General Presupuestaria, Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Procedimiento para la Concesión de Ayudas y Subvenciones Públicas, y Real Decreto 1884/1996, de 2 de agosto, de estructura orgánica básica del Ministerio de Economía y Hacienda, dispongo:
Primero.-Se modifica el apartado primero y el punto 3 del apartado segundo de la Orden de 16 de julio de 1997, que tendrán la siguiente redacción:
"Primero.-Se aprueba la creación y las bases reguladoras de:
Un Premio Nacional a Ayuntamientos, destinado a premiar las actuaciones de renovación urbana comercial en el centro de las ciudades, que tendrá dos accésit.
Un Premio Nacional al Pequeño Comercio, destinado a premiar el desarrollo comercial y modernización empresarial, mediante la mejora de la tecnología, asociación o fusión de empresas.
La convocatoria de estos premios se realizará con carácter anual, mediante Resolución del Director general de Comercio Interior publicada en el "Boletín Oficial del Estado", conforme a la delegación de competencias atribuida por Resolución de 2 de julio de 1996 de la Secretaría de Estado de Comercio, Turismo y de la Pequeña y Mediana Empresa.
Segundo.-La convocatoria de los premios destinados a Ayuntamientos, y al pequeño comercio, se ajustarán a las siguientes bases reguladoras:
3. Dotación.-La dotación de los premios será de 1.500.000 pesetas brutas, cada uno, que serán entregadas al correspondiente galardonado, excepto en el caso de que fueran declarados desiertos uno de ellos o ambos. Los accésit al Premio Nacional a Ayuntamientos tendrán carácter honorífico, por lo que no dispondrán de dotación económica."
Segundo.-La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".
Madrid, 17 de febrero de 1998.
DE RATO Y FIGAREDO
Ilmo. Sr. Director general de Comercio Interior.
Estatuko Aldizkari Ofiziala Estatu Agentzia
Manoteras Etorb., 54 - 28050 Madril