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Documento BOE-A-1997-32

Orden de 31 de diciembre de 1996 por la que se dictan instrucciones para el cobro de las prestaciones patrimoniales de carácter público del Boletín Oficial del Estado.

Publicado en:
«BOE» núm. 1, de 1 de enero de 1997, páginas 39 a 39 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-1997-32
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1996/12/31/(1)

TEXTO ORIGINAL

La Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, en su Capítulo Tercero, Sección Segunda, establece las prestaciones patrimoniales de carácter público a percibir por el Boletín Oficial del Estado por la venta, suscripción y anuncios en los Diarios Oficiales. La aplicación práctica de las cuantías previstas en dicha Ley requiere fijar, mediante Orden, los precios de las diferentes prestaciones del citado Organismo.

En virtud de lo anteriormente expuesto, he tenido a bien disponer:

Primero. 1. El precio de venta del ejemplar diario del «Boletín Oficial del Estado» se fija en 120 pesetas, cualquiera que sea su número de fascículos.

2. Los precios de suscripción al «Boletín Oficial del Estado» serán los siguientes:

Suscripción

anual

-

Pesetas / Suscripción

semestral

-

Pesetas / Suscripción

trimestral

-

Pesetas / Clase de suscripción

España / 36.000 / 18.000 / 9.000

España por avión / 40.800 / 20.400 / 10.200

Extranjero / 57.000 / 28.500 / 14.250

Extranjero por avión / 96.000 / 48.000 / 24.000

3. Las cantidades fijadas en los números 1 y 2 precedentes, son precios finales que incluyen el correspondiente Impuesto sobre el Valor Añadido.

Segundo. 1. El precio de los anuncios en el «Boletín Oficial del Estado» se fija en 425 pesetas por milímetro de altura del ancho de una columna de 14 cíceros.

2. El precio de los anuncios urgentes será de 850 pesetas, valorándose en la misma forma fijada en el número anterior.

3. Sobre el importe de los precios establecidos en el presente apartado se aplicará el tipo de gravamen del Impuesto sobre el Valor Añadido vigente en cada momento.

Tercero. La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 31 de diciembre de 1996.

ÁLVAREZ-CASCOS FERNÁNDEZ

Ilmos. Sres. Subsecretario del Ministerio de la Presidencia y Director general del Boletín Oficial del Estado.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 31/12/1996
  • Fecha de publicación: 01/01/1997
  • Fecha de entrada en vigor: 01/01/1997
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con la Ley 13/1996, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-1996-29117).
Materias
  • Boletín Oficial del Estado
  • Precios
  • Publicaciones oficiales
  • Tarifas

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