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El artículo 26 del Real Decreto 1932/1991, de 20 de diciembre, sobre medidas de financiación de actuaciones protegibles en materia de vivienda del Plan 1992-1995, establece que la concreción de las áreas de influencia de los municipios de Madrid y Barcelona, a efectos de fijar los precios máximos de venta para las viviendas libres a precio tasado previstos en el citado Real Decreto, se hará mediante Orden del ahora Ministro de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente a propuesta de las respectivas Comunidades Autónomas.
A tales efectos, por Orden del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, de 9 de abril de 1992 (<Boletín Oficial del Estado> número 90, del 14) se determinan, a propuesta de la Generalidad de Cataluña y de la Comunidad Autónoma de Madrid, los municipios incluidos en el área de influencia de los de Barcelona y Madrid.
Con posterioridad, la Comunidad de Madrid, con fecha 2 de diciembre de 1993, y la Generalidad de Cataluña, el 11 de marzo de 1994, han formulado nuevas propuestas para incluir, respectivamente, al municipio de Torrejón de Ardoz en el área de influencia del de Madrid, y a los municipios de Argentona, Cabrera de Mar, Cabrils, Martorelles de Dalt, Mataró, Orrius, Premia de Dalt, Premia de Mar, Teia, Vallromanes, Vilassar de Dalt y Vilassar de Mar en el área de influencia del de Barcelona.
En su virtud, y de conformidad con las propuestas formuladas, dispongo:
Primero.-A los efectos del artículo 26,b), segundo párrafo, del Real Decreto 1932/1991, de 20 de diciembre, se incluye en el área de influencia del municipio de Madrid el municipio de Torrejón de Ardoz.
Segundo.-A los mismos efectos establecidos en el apartado anterior, se incluyen en el área de influencia del municipio de Barcelona los municipios de Argentona, Cabrera de Mar, Cabrils, Martorelles de Dalt, Mataró, Orrius, Premia de Dalt, Premia de Mar, Teia, Vallromanes, Vilassar de Dalt y Vilassar de Mar.
Disposición final.-Esta Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el <Boletín Oficial del Estado>, si bien sus efectos se aplicarán desde el día 1 de enero de 1994.
Madrid, 19 de abril de 1994.
BORRELL FONTELLES
Excma. Sra. Secretaria de Estado de Medio Ambiente y Vivienda e Ilmo. Sr. Director general para la Vivienda, el Urbanismo y la Arquitectura.
Agence d'État Bulletin Officiel de l'État
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