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Padecidos errores en la inserción de la mencionada Orden, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 177, de fecha 25 de julio de 1990, página 21887, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
En el apartado uno, punto 3, donde dice: «los trabajos de conservación de la variedad en el caso de variedades protegidas....», debe decir: «los trabajos de conservación de la variedad. En el caso de variedades no protegidas...».
En el apartado seis, donde dice: «Se habilite...», debe decir: «Se habilita...».
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