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Orden de 8 de febrero de 1988 por la que se establecen los distintivos, carné profesional, placa-emblema y divisas del Cuerpo Nacional de Policía.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 43, de 19/02/1988.
Entrada en vigor:
10/03/1988
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-1988-4249
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1988/02/08/(7)/con

Texto consolidado: «Última actualización, publicada el 21/03/2014»

Norma derogada por la disposición derogatoria única de la Orden INT/430/2014, de 10 de marzo. Ref. BOE-A-2014-2997.

La Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, creó el Cuerpo Nacional de Policía, en el que se integraron los funcionarios de los extinguidos Cuerpos Superior de Policía y de Policía Nacional.

El Real Decreto 1484/1987, de 4 de diciembre, sobre normas generales relativas a Escalas, Categorías, Personal Facultativo y Técnico, Uniformes, Distintivos y Armamento del Cuerpo Nacional de Policía, autoriza al Ministerio del Interior, en la Disposición Final segunda, para dictar las disposiciones que exija el desarrollo del mismo.

El Cuerpo Nacional de Policía ha venido haciendo uso, hasta la fecha, de los distintivos de los dos Cuerpos anteriormente citados, por lo que se hace necesario proceder al desarrollo de la Sección Segunda –De los distintivos– del capítulo III del citado Real Decreto, para dotar al nuevo Cuerpo de unos distintivos propios que le identifiquen como tal, y para atribuir a sus distintas Escalas y Categorías unas divisas que se correspondan con su realidad actual.

En su virtud, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 130 de la Ley de Procedimiento Administrativo y oído el Consejo de Policía, este Ministerio ha dispuesto:

CAPÍTULO PRIMERO

De los distintivos de identificación

Sección primera. Del Carné de Identificación Profesional

Artículo 1.

(Derogado)

Artículo 2.

La forma, tamaño y restantes características del carné de identificación profesional de los funcionarios de las escalas del Cuerpo Nacional de Policía se establecen en el anexo I.

Artículo 3.

A los Subdirectores generales, a los Comisarios generales, a los Jefes de División y a los Jefes Superiores de Policía, se les proveerá de un carné en el que conste el número del mismo, la firma del Director general de la Policía y su sello, la fecha de expedición y el cargo, nombre, apellidos y firma de su titular, en la forma y con las características que se señalan en el anexo II. El carné del Director general de la Policía irá firmado por el Ministro del Departamento.

Artículo 4.

Uno. El personal que ocupe las plazas de Facultativos y Técnicos llevará un carné de identificación profesional, que hará mención a la especialidad que realiza el titular y cuyas características son las que se describen en el anexo III.

Dos. A los funcionarios en situación de Segunda Actividad se les facilitará un carné de identidad profesional igual al descrito en el artículo 2.°, con la categoría y situación administrativa.

Tres. Al personal del Cuerpo Nacional de Policía jubilado, que lo solicite, se le facilitará un carné con las características que se describen en el anexo I, tipo A-I.

Sección segunda. De la placa-emblema de identificación profesional

Artículo 5.

Uno. La placa-emblema de los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía estará compuesta por el Escudo Nacional, la leyenda «Cuerpo Nacional de Policía», y el número de identificación personal, troquelado en la base del conjunto.

Dos. Las formas, colores, medidas y demás características de la placa-emblema a portar con el carné profesional y en el uniforme, serán las que se detallan en el anexo IV.

Tres. Solamente los funcionarios en activo del Cuerpo Nacional de las distintas escalas y aquellos que se encuentran en la situación de Segunda Actividad con destino, portarán la placa-emblema.

Cuatro. Se reitera lo dispuesto en el artículo 5.° del Decreto de 12 de febrero de 1954, sobre prohibición a otros Cuerpos del empleo de distintivos cuya forma pueda dar lugar a confusiones con los que se establecen en la presente Orden. El uso indebido de éstos o de otros semejantes que puedan inducir a error será penado con arreglo a lo establecido en la legislación vigente.

Sección tercera. De la cartera porta-carné placa-emblema de identificación profesional

Artículo 6.

El carné y la placa-emblema de los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía, irán colocados en una cartera cuya forma, tamaño y demás características se determinarán en el anexo V.

Sección cuarta. Disposiciones generales

Artículo 7.

Cuando hayan de relacionarse con las Autoridades o con los ciudadanos, en la realización de los servicios, siempre que las circunstancias lo permitan, los funcionarios deberán identificarse. Las Autoridades y los ciudadanos podrán requerirlos al efecto, en tales supuestos.

Artículo 8.

El personal que realiza servicio de uniforme acreditará su condición de Agente de la Autoridad con el mismo. No obstante, llevará obligatoriamente el carné profesional, que será exhibido cuando sean requeridos para identificarse por los ciudadanos, con motivo de sus actuaciones policiales.

Artículo 9.

Uno. El carné profesional y la placa-emblema serán utilizados por los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía que se encuentren en servicio. Fuera del mismo, solamente se podrán utilizar en defensa de la Ley o de la seguridad ciudadana.

Dos. El personal que use indebidamente los distintivos de identificación será sancionado, de conformidad con la normativa vigente.

Tres. Queda prohibido el uso en el uniforme del Cuerpo Nacional de Policía, de cualquier emblema o condecoración que no sean los expresamente autorizados por el Ministerio del Interior.

Cuatro. El uso de los distintivos regulados en la presente Orden o de otros que, a causa de su semejanza con ellos, puedan inducir a confusión o error, por personal no perteneciente al Cuerpo Nacional de Policía, será perseguido, a efectos de sanción, de conformidad con lo previsto en las normas penales vigentes.

Artículo 10.

Uno. La identificación del personal de las distintas escalas que se halle sin uniforme, se hará, necesariamente, mediante la exhibición de ambos distintivos, mostrando abierta la cartera que se cita en el artículo 6 de esta Orden, de forma que puedan ser apreciados perfectamente el anverso del carné profesional y la placa-emblema.

Dos. Cuando la naturaleza de la intervención lo requiera, podrá colocarse la cartera en algún lugar de la vestimenta, de forma que quede visible la placa-emblema o, en su caso, el carné profesional.

CAPÍTULO II

De las divisas

Artículo 11.

Las divisas de la categoría a la que se pertenezca, se portarán en el uniforme sobre las hombreras de la prenda superior y en la prenda de cabeza, así como, en su caso, en el lugar específico que para otras prendas se determine en la normativa de uniformidad.

Artículo 12.

Las divisas de cada categoría serán las siguientes:

Uno. En las hombreras de la prenda superior del uniforme:

A) Escala Superior. El elemento que caracteriza la divisa de las dos categorías de la escala superior es el bastón de mando orlado de dos ramas de laurel, nervadas y frutadas, unidas por sus troncos.

a) Comisario principal. Tres divisas colocadas en línea, formando un conjunto fileteado.

b) Comisario. Tres divisas colocadas en linea.

B) Escala Ejecutiva. La divisa de esta escala estará constituida por dos ramas de laurel nervadas y frutadas, unidas por sus troncos.

a) Inspector Jefe. Dos divisas fileteadas.

b) Inspector. Dos divisas.

C) Escala de Subinspección. La divisa del Subinspector estará determinada por dos ramas de laurel, nervadas y frutadas, unidas por sus troncos.

a) Subinspector. Una divisa fileteada.

D) Escala Básica. La divisa de esta escala estará constituida por una rama de laurel nervada, frutada y recta.

a) Oficial de Policía. Una divisa fileteada.

b) Policía. Una divisa.

Dos. En la prenda de cabeza, cuando se trate de gorras:

A) Escala superior:

a) Barboquejo: Cordón doble dorado unido por un pasador en el centro, con dos pasadores en los laterales y botones de sujeción.

b) Visera: Entorchado de ramas de laurel, cuyos picos terminarán en los botones del barboquejo, unidos en la parte central.

B) Escala ejecutiva:

a) Barboquejo: Cinta dorada, con dos pasadores próximos a los centros de los botones.

b) Visera: Pestaña ribeteada interiormente por un galón labrado horizontal dorado.

C) Escala de subinspección:

Barboquejo: Cinta sencilla dorada con dos pasadores próximos a los centros de los botones.

D) Escala básica:

Barboquejo: Cordón doble negro unido por tres pasadores, uno en el centro y los otros dos en los laterales próximos a los centros de los botones.

Tres. El diseño, contenido, descripción y características técnicas de las divisas serán las que se determinan en el anexo VI.

Cuatro. La descripción y características del porta-divisas serán las que se indican en el anexo VII.

CAPÍTULO III

Otros distintivos

Artículo 13.

(Derogado)

Artículo 14.

El sujetacorbatas estará compuesto por barra y emblema, de las características determinadas en el anexo IX.

Disposición final primera.

El personal jubilado del Cuerpo Nacional de Policía que a la entrada en vigor de la presente Orden tenga concedida la placa-insignia podrá continuar en su posesión.

Disposición final segunda.

Los emblemas no citados en la presente disposición no sufrirán variación en su configuración y colocación actuales.

Disposición final tercera.

Se autoriza a la Dirección General de la Policía a dictar cuantas disposiciones requiera el desarrollo de la presente norma y, en especial, lo concerniente a los distintivos de unidades y especialidades, así como para fijar la fecha en que deberán quedar retirados los actuales emblemas, distintivos y divisas y comenzar a usar los que se establecen en la presente Orden.

Disposición final cuarta.

Hasta tanto se cumplan los presupuestos de la disposición final anterior, todos los funcionarios que vistan uniforme utilizarán únicamente el emblema del extinto Cuerpo de Policía Nacional.

Disposición final quinta.

Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en la presente Orden.

Madrid, 8 de febrero de 1988.

BARRIONUEVO PEÑA

Anexo I

Carné de identificación profesional

(Derogado)

Anexo II

Carné de altos cargos

(Derogado)

Anexo III

Carné de identificación para técnicos o facultativos

(Derogado)

Anexo IV

Emblema para funcionarios del cuerpo nacional de policía

1. Descripción.

El emblema se organiza como se describe a continuación:

Su diseño y proporciones se exponen seguidamente indicando las medidas de referencia en milímetros.

(Figura d-1).

2. Elementos.

Componen el emblema los siguientes elementos:

Parte central con los cuatro cuarteles del Escudo Nacional y centro con las tres flores de lis, como base del conjunto de granada cerrada, Alrededor sobre fondo azul y en color oro la leyenda «CUERPO NACIONAL DE» y apoyada en la base «POLICÍA», cargado en la parte exterior rayos cerrando el conjunto.

Sobre el conjunto y cortando la parte superior de los rayos, Corona Real de España, en color oro, constituida por un círculo engastado en piedras preciosas sumado de ocho florones de hojas de acanto de color oro (visibles cinco), interpoladas de perlas, de cuyas hojas salen otras tantas diademas, sumadas de perlas que convergen en un mundo con el ecuador y semimeridiano.

Diferentes tipos de emblemas:

A) Placa-emblema (Tipo A).

1. Descripción.

La primera materia será una pieza metálica.

La Corona Real puede ser calada o sin calar. El frente irá pulido y estará esmaltado en azul el fondo de la leyenda del círculo central.

La fijación a la prenda de vestir será con pincho y cierre de sujeción.

Los funcionarios que no vistan de uniforme portarán la placa-emblema con el carné profesional en la cartera, descrita en el anexo V.

Llevará incorporado al conjunto por debajo del emblema un espacio con un número de identificación personal.

La formación del conjunto del emblema y el número de identificación configurarán la placa-emblema.

(Figura d-2).

2. Medidas.

Las dimensiones del conjunto serán las siguientes:

Altura: 70 milímetros.

Anchura: 50 milímetros.

Grosor máximo del conjunto exterior: 2 milímetros.

Número de rayos: Cuarenta y ocho.

Longitud de los rayos: 13, 10, 9 y 7 milímetros, respectivamente, según diseño.

Anchura máxima de los bordes exteriores de los círculos que incorporan la leyenda: 5 milímetros.

Rayos de prolongación de base: Siete (los dos extremos sólo en su mitad de unión a los cinco centrales).

Medidas del espacio para numeración:

Lado superior: 26,5 milímetros.

Lado inferior: 31 milímetros.

Distancia entre lados: 5,5 milímetros.

3. Situación.

Irá situado en el delantero derecho por encima de la línea de los telios, centrado en el espacio formado por esta línea y la de hombros.

4. Uso.

En la guerrera, cazadora, camisa y otras prendas que se determine, como asimismo en la cartera, junto con el carné profesional.

B) Emblema (Tipo A-I).

1. Descripción.

Estará confeccionado en P.V.C. inyectado o similar, sobre fondo azul marino la leyenda; resto del conjunto en color oro viejo. Se colocará sobre un soporte de material plástico, fieltro o similar en color azul marino, a excepción de otro color para dicho soporte cuando se especifique.

En aquellos casos que se determine llevará el número de identificación como base del conjunto.

La fijación a la prenda será por fusión, pegado o cosido.

(Figura d-3).

2. Medidas.

Altura: 75 milímetros.

Ancho: 56 milímetros.

Longitud de los rayos: 14, 11, 8 y 6 milímetros, respectivamente.

Grosor máximo del conjunto: 1 milímetro.

Anchura máxima a los extremos exteriores de los círculos que incorporan la leyenda: 5 milímetros.

Medidas del espacio para numeraciones:

Ancho: 10 milímetros.

Longitud en zona media: 30 milímetros.

3. Situación.

La misma que la indicada para Tipo-A, punto tres.

4. Uso.

Prenda de agua (anorak) y en las que específicamente se determine.

C) Emblema (Tipo A-II).

1. Descripción.

Será del tipo bordado industrial o similar, confeccionado directamente a la prenda o montado sobre un tejido soporte, según se indique de acuerdo con las especificaciones.

En los casos que se determine llevará en la base del conjunto el número de identificación.

La fijación a la prenda de vestir será directamente o por cosido.

(Figura d-4).

2. Medidas.

Lo más aproximadas a las especificadas para la placa-emblema, Tipo-A, punto dos.

3. Situación.

La misma que la indicada para Tipo-A, punto tres.

4. Uso.

En las prendas que específicamente se determine.

D) Emblema (Tipo B-I).

1. Descripción.

Podrá ser metálico, bordado industrial, P.V.C. o similar y deberá ir montado sobre un soporte o directamente en la prenda, según se indique de acuerdo con las especificaciones técnicas.

2. Medidas.

Altura: 50 milímetros.

Anchura: 36 milímetros.

Longitud de los rayos: 9, 7, 6 y 4 milímetros, respectivamente.

3. Situación.

En la gorra, centrado sobre las costuras de las nesgas delanteras, con la parte superior de la vertical de la cruz, a un centímetro aproximadamente de la unión de las nesgas al plato.

4. Uso.

En la gorra y otras prendas que se determine.

E) Emblema (Tipo B-II).

1. Descripción.

Podrán ser en P.V.C., inyectado, metálico, bordado industrial o similar, según se indique.

La fijación a la prenda será sobre una galleta, soporte o bordado directamente.

2. Medidas.

Altura: 39 milímetros.

Anchura: 29 milímetros.

Longitud de los rayos: 7, 5, 4 y 3 milímetros, respectivamente.

3. Situación.

En la boina, en el lado derecho y siguiendo la vertical de la sien del usuario formando parte del conjunto de la divisa o independientemente.

4. Uso.

En la boina y otra prendas de cabeza que se determine.

EMBLEMA PARA FUNCIONARIOS DEL CUERPO NACIONAL DE POLICÍA

PLACA-EMBLEMA PARA FUNCIONARIOS DEL CUERPO NACIONAL DE POLICÍA

Tipo A

EMBLEMA PARA FUNCIONARIOS DEL CUERPO NACIONAL DE POLICÍA

Tipo A-I

Tipo A-II

Tipo B-I

Tipo B-II

Anexo V

Cartera porta-carné de identificación profesional y placa-emblema

1. Descripción.

Modelo A.

Cartera para colocación del carné de identificación profesional y placa-emblema del Cuerpo Nacional de Policía.

Estará confeccionada en cuero, piel, sargo o similar, y en su interior dispondrá de dos apartados, uno, para el C.I.P., y otro, para la placa-emblema.

El espacio dedicado al C.I.P. dispondrá de protector de material plástico.

Los vértices de la cara superior irán contorneados con unas piezas metálicas.

(Figura e-1).

CARTERA PORTA-CARNÉ DE IDENTIFICACIÓN PROFESIONAL PARA FUNCIONARIOS DEL C.N.P.

Modelo A

Escala en mm.

Modelo B.

Cartera para la colocación del carné de altos cargos.

Estará confeccionada en cuero o piel y en su interior dispondrá de dos apartados, uno de ellos para el C.A.C., dispondrá de protector de material plástico.

En la portada exterior llevará grabado el escudo constitucional, y debajo, en tres líneas, la leyenda Ministerio del Interior.

Los vértices de la tapa de abertura irán con sus perfiles de piezas metálicas doradas.

(Figura e-2).

Modelo C.

Cartera para colocación del carné de identificación del personal facultativo o técnico.

Estará confeccionada en cuero o piel, y en su interior dispondrá de dos apartados, el dedicado al C.I.F o T., dispondrá de protector de material plástico.

Los vértices de la tapa de abertura irán perfilados con unas piezas metálicas.

(Figura e-3).

2. Medidas.

Sus diseños y proporciones se exponen en las correspondientes figuras. En estas se indican las medidas de referencia en milímetros.

CARTERA PORTA-CARNÉ DE IDENTIFICACIÓN PARA ALTOS CARGOS

Modelo B

Escala en mm.

CARTERA PORTA-CARNÉ DE IDENTIFICACIÓN PROFESIONAL PARA TÉCNICOS Y FACULTATIVOS

Modelo C

Escala en mm.

Anexo VI

Divisa para funcionarios del cuerpo nacional de policía

1. Descripción.

Las divisas se organizan como se describe a continuación, excepto cuando vayan situadas en prendas de uniformes especiales, en que lo harán según lo previsto para dichas prendas, debiendo estar colocadas, en todo caso, en lugar visible y de fácil identificación.

Su diseño y proporciones se exponen a continuación, con indicación de las medidas de referencia en milímetros.

Las divisas podrán ser de P.V.C. inyectado, metálicas, bordado industrial o similar, en color oro viejo.

2. Medidas.

2.1 En la prenda superior (hombrera):

A) Escala Superior (Figura f-1).

Las divisas (laureles) irán orientadas con la base o unión de los laureles hacia el hombro. Se colocarán centradas con respecto a los ejes longitudinal y transversal.

Medidas de cada divisa (laurel):

Longitud: 16,5 milímetros.

Anchura: 16,1 milímetros.

Separación entre cada divisa: 7,5 milímetros.

Fileteado: 1,6 milímetros.

Distancia al canto del fileteado en su lado largo: 11,35 milímetros.

Distancia al canto del fileteado en su lado corto: 6,9 milímetros.

Distancia a la línea de las hojas superiores desde el interior del fileteado: 4 milímetros.

Distancia a la línea de los troncos desde el interior del fileteado: 4,5 milímetros.

Bastón de mando, largo de: 12 milímetros.

Grosor máximo: 1,5 milímetros.

B) Escala Ejecutiva (Figura f-2).

Las divisas (laureles) irán orientados con la base o unión de las ramas de laurel hacia el hombro. Se colocarán centradas con respecto a los ejes longitudinal y transversal.

Medidas de cada divisa:

Longitud: 16,5 milímetros.

Anchura: 16,1 milimetros.

Separación entre divisas: 14 milímetros.

Fileteado: 1,6 milímetros.

Distancia al canto del fileteado en su lado largo: 11,35 milímetros.

Distancia al canto del fileteado en su lado corto: 6,5 milímetros.

Distancia a la línea de las dos hojas superiores desde el interior del fileteado: 14 milímetros.

Distancia a la línea de los troncos desde el interior del fileteado: 13 milímetros.

Grosor máximo: 1,5 milímetros.

C) Escala de Subinspección (Figura f-3).

La divisa (laurel) irá orientada con la base o unión de las ramas hacia el hombro. Se colocará centrada con respecto a los ejes longitudinal y transversal.

Medidas de la divisa:

Longitud: 16,5 milímetros.

Anchura: 16,1 milímetros.

Fileteado: 1,6 milímetros.

Grosor máximo: 1,5 milímetros.

D) Escala Básica (Figura f-4).

La divisa (laurel) irá con la base de la rama orientada al cuello y la parte superior hacia el hombro en su parte externa, centrada y formando un ángulo de 45° con respecto a los ejes longitudinal y transversal.

Medidas de la divisa:

Longitud: 18 milímetros.

Anchura máxima: 5 milímetros.

Fileteado: 1,6 milímetros.

Distancia al canto del fileteado en su lado largo: 11,35 milímetros.

Distancia al canto del fileteado en su lado corto: 6,9 milímetros.

Distancia a la hoja superior desde el interior del fileteado: 5 milímetros.

Distancia desde el tronco al interior del fileteado: 5 milímetros.

Grosor máximo: 1,5 milímetros.

2.1.1 Situación. En las hombreras de las prendas, según se indica en los dibujos correspondientes de las figuras f-5 a f-8.

2.1.2 Uso. En la guerrera, cazadora, pala de la camisa de uso externo y en todas aquellas prendas en que se determine.

2.2 En la prenda de cabeza (gorra):

A) Escala Superior (Figura f-9).

a.1 Visera: Sobre la parte superior de la visera y a 6 milímetros del borde, llevará bordado un entorchado de 20 milímetros de anchura con cuatro hojas de laurel a cada lado, simétricas respecto al eje de la visera. Terminando la base de cada laurel más extremo a la altura de los pasadores laterales del barboquejo.

a.2 Barboquejo:, Cordón doble de oro unido por tres pasadores trenzados, uno en el centro y dos en los laterales, situados estos últimos a 50 milímetros de los centros de los botones pequeños, con los que se sujeta al barboquejo el cinturón de la gorra.

a.3 Cinturón: En la parte de unión a las cuatros nesgas y en todo su contorno inferior lleva cosido un sutás de color oro de 1 a 2 milímetros de ancho.

a.4 Nesgas: Lleva cosido un sutás dorado de 1 a 2 milímetros de anchura en todo el contorno del plato y en las costuras posterior y laterales de las nesgas.

B) Escala Ejecutiva (Figura f-10).

b.1 Visera: Pestaña ribeteada interiormente a 2 milímetros por un galón labrado horizontal, dorado, de unos 7 milímetros de anchura.

b.2 Barboquejo: Cinta confeccionada con hilo lurex de 0,5 milímetros de grueso, en color oro, de 15 milímetros de anchura y una longitud aproximada de talla media de 290 milímetros.

Llevará dos pasadores de 15 milímetros de anchura a 50 milímetros de los botones pequeños, con los que se sujeta el barboquejo al cinturón de la gorra.

b.3 Cinturón: En la parte de unión a las cuatro nesgas y en todo su contorno inferior, lleva cosido un sutás de color oro de 1 a 2 milímetros de ancho.

b.4 Nesgas: Lleva cosido un sutás dorado en todo el contorno del plato y en color negro en las costuras laterales y posterior, de 1 a 2 milímetros de ancho.

C) Escala de Subinspección (Figura f-11).

c.1 Barboquejo: Llevará una cinta de hilo lurex de 0,5 milímetros de grueso, en color oro, que tendrá un ancho de 12 milímetros y una longitud de 280 a 300 milímetros, con dos pasadores de 12 milímetros de anchura y situados a 50 milímetros de los centros de los botones por los que se sujeta el mismo al cinturón de la prenda.

c.2 Cinturón: En la parte de unión a las cuatro nesgas y en todo su contorno inferior lleva cosido un sutás de color dorado de 1 a 2 milímetro de ancho.

c.3 Nesgas: Lleva cosido un sutás negro de 1 a 2 milímetros de anchura en todo el contorno del plato y en las costuras laterales y posterior.

D) Escala Básica (Figura f-12).

d.1 Barboquejo: Cordón doble de color negro de una anchura de 5 milímetros y una longitud de 280 a 300 milímetros, unido por tres pasadores trenzados de 15 milímetros de anchura, situados uno en el centro y los otros dos a unos 50 milímetros de los centros de los botones de sujeción y que harán practicable el barboquejo en caso de necesidad.

d.2 Cinturón: En la parte de unión a las cuatro nesgas y en todo su contorno inferior lleva cosido un sutás de color negro de 1 a 2 milímetros de ancho.

d.3 Nesgas: Lleva cosido un sutás negro de 1 a 2 milímetros de anchura en todo el contorno del plato y en las costuras laterales y posterior.

2.3 En la prenda de cabeza (boina):

A) Escala Superior (Figura f-13).

Conjunto emblema y laureles. El emblema será del tipo B-II, descrito en anexo IV, apartado E. El mismo enmarcado por dos ramas de laurel unidas por sus troncos, con cinco hojas y dos semillas cada una. La separación entre ambas, por su parte superior, es de 31 milímetros. La medida exterior de las hojas en su parte central es de 56 milímetros. Con una altura, desde la línea de la punta de las hojas superiores a la línea de unión de los troncos, de 42 milímetros.

B) Escala Ejecutiva (Figura f-14).

Conjunto emblema y sutás cerrado. El emblema será el indicado en el anexo IV, apartado E, tipo B-II. El mismo irá centrado y dentro de un aro de forma ovalada de 5 milímetros de base, terminando la parte superior en forma de doble media caña de 2,5 milímetros, cada una, en proyección desde la base. Las medidas del aro son las siguientes:

Longitud exterior: 57 milímetros.

Anchura exterior: 42 milímetros.

Longitud interior: 47 milímetros.

Anchura interior: 32 milímetros.

C) Escala de Subinspección (Figura f-15).

Conjunto emblema y sutás sencillo cerrado. El emblema será el indicado en el anexo IV, apartado E, tipo B-II. El mismo irá centrado y dentro de un aro de forma ovalada de 2,5 milímetros de ancho, terminando la parte superior en forma de media caña. Las medidas del aro son las siguientes:

Longitud exterior: 57 milímetros.

Anchura exterior: 42 milímetros.

Longitud interior: 51 milímetros.

Anchura interior: 36 milímetros.

D) Escala Básica (Figura f-16).

Emblema del tipo B-II, descrito en el anexo IV, apartado E.

2.4 En la prenda de abrigo:

A) Escala Superior (Figura f-17).

Medidas de cada divisa (laurel):

Longitud: 13 milímetros.

Anchura: 12 milímetros.

Separación entre cada divisa: 5 milímetros.

Fileteado: 1 milímetro.

Distancia a la línea de hojas superiores desde el interior del fileteado: 4 milímetros.

Bastón de mando, largo de: 8 milímetros.

Distancia a la línea de los troncos desde el interior del fileteado: 4 milímetros.

Distancia a la línea más exterior lateral desde el interior del fileteado: 3 milímetros.

Grosor máximo: 1,5 milímetros.

B) Escala Ejecutiva (Figura f-18).

Longitud: 13 milímetros.

Anchura: 12 milímetros.

Separación entre cada divisa: 10 milímetros.

Fileteado: 1 milímetro.

Distancia a la línea de las dos hojas superiores, desde el interior del fileteado: 10,5 milímetros.

Distancia a la línea de los troncos desde el interior del fileteado: 10,5 milímetros.

Distancia a la hoja más exterior lateral desde el interior del fileteado: 3 milímetros.

Grosor máximo: 1,5 milímetros.

C) Escala de Subinspección (Figura f-19).

Medida de cada divisa (laurel):

Longitud: 13 milímetros.

Anchura: 12 milímetros.

Fileteado: 1 milímetro.

Grosor máximo: 1,5 milímetros.

D) Escala Básica (Figura f-20).

Medidas de las divisas:

Longitud: 18 milímetros.

Anchura: 5 milímetros.

Fileteado: 1 milímetro.

Distancia a la hoja superior desde el interior del fileteado: 19 milímetros.

Distancia desde el tronco al interior del fileteado: 18 milímetros.

Grosor máximo: 1,5 milímetros.

Situación. En la solapa izquierda del cuello de la prenda.

Uso. En la prenda de agua (anorak) y otras prendas en que reglamentariamente se determine.

3. En las prendas de uniformes especiales.

3.1 Descripción. Las divisas se organizan como se describe a continuación.

Su diseño y proporciones se determinarán seguidamente, con indicación de las medidas de referencia en milímetros.

Podrán ser de P.V.C. inyectado, metálicas, bordado industrial o similar en color oro.

3.2 Medidas.

A) Escala Superior (Figura f-21).

Medidas de cada divisa (laurel):

Longitud: 13 milímetros.

Anchura: 12 milímetros.

Separación entre cada divisa: 5 milímetros.

Fileteado: 1 milímetro.

Bastón de mando, largo de: 12 milímetros.

Distancia desde el interior del fileteado de la hoja de laurel central a su parte más externa: 5 milímetros.

Distancia a la línea de las hojas superiores desde el interior del fileteado: 2,5 milímetros.

Distancia a la línea de los troncos desde el interior del fileteado: 2 milímetros.

Grosor máximo: 1,5 milímetros.

B) Escala Ejecutiva (Figura f-22).

Medidas de cada divisa (laurel):

Longitud: 13 milímetros.

Anchura: 12 milímetros.

Separación entre cada divisa: 10 milímetros.

Fileteado: 1 milímetro.

Distancia desde el interior del fileteado a la hoja de laurel a su parte más externa: 12 milímetros.

Distancia a la línea de las hojas superiores desde el interior del fileteado: 2,5 milímetros.

Distancia a la línea de los troncos desde el interior del fileteado: 2 milímetros.

Grosor máximo: 1,5 milímetros.

C) Escala de Subinspección (Figura f-23).

Medidas de cada divisa (laurel):

Longitud: 13 milímetros.

Anchura: 12 milímetros.

Fileteado: 1 milímetro.

Distancia desde el interior del fileteado a la hoja de laurel en su parte externa: 23 milímetros.

Distancia a la línea de las superiores desde el interior del fileteado: 2,5 milímetros.

Distancia a la línea de los troncos desde el interior del fileteado: 2 milímetros.

Grosor máximo: 1,5 milímetros.

D) Escala Básica (Figura f-24).

Medidas de la divisa (rama de laurel):

Longitud: 18 milímetros.

Anchura: 5 milímetros.

Fileteado: 1 milímetro.

Distancia desde el interior del fileteado en su lado corto a la base de la rama: 23 milímetros.

Distancia desde el interior del fileteado en su lado a la hoja superior de la rama: 26 milímetros.

Distancia desde el tronco al interior del fileteado: 1 milímetro.

Distancia a la punta de la hoja superior desde el interior del fileteado: 1,5 milímetros.

Grosor máximo: 1,5 milímetros.

3.3 Situación. Irán centradas por encima del bolsillo izquierdo de la prenda superior o lugar similar.

3.4 Uso. En las prendas que se determine, según el Reglamento de Uniformidad.

Las medidas y orientación de las divisas descritas podrán ser diferentes atendiendo a razones de funcionalidad u otras, según la prenda en donde deban ser situadas, y se determinará por el Reglamento de Uniformidad.

4. Alumnos de Centros de Formación.

4.1 Descripción.

El distintivo constará de uno o dos galones, según se describe a continuación para la Escala o Curso.

Su diseño y proporciones se determinan seguidamente, con indicación de las medidas de referencia en milímetros.

Podrá ser confeccionado en P.V.C. inyectado, metálico, bordado industrial o de cualquier otro material o tejido que se determine en color oro.

4.2 Medidas.

A) Alumnos Escala Ejecutiva, 2.° año (Figura f-25).

Dos galones orientados desde la parte delantera exterior del hombro hacia la parte trasera interior del mismo. Colocados de forma oblicua con respecto al eje longitudinal y transversal.

B) Alumnos Escala Ejecutiva, 1.er año (Figura f-26).

Un galón orientado desde la parte delantera exterior del hombro hacia la parte trasera interior del mismo, colocado de forma oblicua con respecto al eje longitudinal y transversal.

Medidas de cada galón:

Ancho: 6 milímetros.

Ángulo con respecto al eje longitudinal: 45°.

Separación entre galones medidos por el eje longitudinal: 13 milímetros.

C) Alumnos Escala Básica (Figura f-27).

Un galón dorado, colocado perpendicular al eje longitudinal.

Medidas del galón:

Ancho: 6 milímetros.

Ángulo con respecto al eje longitudinal: 90°.

4.3 Situación. En las hombreras de las prendas o lugar que se determine.

4.4 Uso. Alumnos de la Escuela General de Policía, que cursan estudios como aspirantes a funcionarios del C.N.P. de las Escalas Ejecutiva y Básica.

DIVISA PARA LA ESCALA SUPERIOR

DIVISA PARA LA ESCALA EJECUTIVA

DIVISA PARA LA ESCALA DE SUBINSPECCIÓN

DIVISA PARA LA ESCALA BÁSICA

HOMBRERA DE PRENDA DE UNIFORMIDAD PARA FUNCIONARIOS DEL C.N.P.

Escala Superior

Cotas en mm.

Escala Ejecutiva

Escala de Subinspección

Escala Básica

GORRA DE PLATO PARA FUNCIONARIOS DEL C.N.P.

Escala Superior

Escala 1 : 25

Escala Ejecutiva

Escala de Subinspección

Escala Básica

EMBLEMA DE BOINA PARA FUNCIONARIOS DEL C.N.P.

Escala Superior

Escala Ejecutiva

Escala de Subinspección

Escala Básica

DIVISAS PARA FUNCIONARIOS DEL CUERPO NACIONAL DE POLICÍA

Para prenda de abrigo (anorak)

HOMBRERA DE PRENDA DE UNIFORMIDAD PARA ALUMNOS DE LA E.G.P.

Aspirantes a la Escala Ejecutiva

Cotas en mm.

Aspirantes a la Escala Básica

Anexo VII

Portadivisas para funcionarios del cuerpo nacional de policía

1. Manguitos.

Estarán confeccionados por una pieza de tejido de forma rectangular, que podrá ser plastificada por la cara interior para darle mayor consistencia al conjunto. La unión de los lados menores se realizará por termo-fusión o costura abierta y planchada, con los bordes remallados.

El manguito tendrá 55 milímetros de anchura y 90 milímetros de longitud; en caso de que no se utilice tejido plastificado, llevará un dobladillo de 5 milímetros en los lados mayores (Figura g-1).

2. Soportes.

El soporte tendrá 60 milímetros de longitud y 23 milímetros de anchura.

Estará confeccionado con una pieza de tejido de color azul marino, según características técnicas, en PVC inyectado o similar.

PORTADIVISAS

(Manguito)

Cotas en mm.

Anexo VIII

Distintivo general para funcionarios del cuerpo nacional de policía

(Derogado)

Anexo IX

Sujetacorbatas para funcionarios del cuerpo nacional de policía

1. Descripción.

Se componen de barra y emblema.

1.1 Barra.

Está fabricada en metal, con las siguientes medidas:

Largo: 60 milímetros.

Ancho: 2 milímetros.

1.2 Emblema.

Será macizo, va centrado en la barra, en su parte externa. Con las siguientes medidas:

Espesor: 1 milímetro.

Altura: 22 milímetros.

Ancho: 18 milímetros.

La Corona sin calar, el frente irá pulido y esmaltado en azul el fondo de la leyenda del círculo central (Figura i-1).

SUJETACORBATAS

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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid