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Advertidos errores en el texto de la mencionada Orden, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 235, de fecha 1 de octubre de 1987, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
En la página 29289, apartado 5.2.4, daños en calidad, punto 1, donde dice: «..., de acuerdo a los grupos que figuran en el anexo...», debe decir: «..., de acuerdo a los grupos que figuran en la tabla II...».
En la misma página y apartado, punto 2, donde dice: «..., aplicando los baremos que figuran en el anexo», debe decir: «..., aplicando los baremos que figuran en la tabla II».
En la misma página, apartado 5.2.6, estimación de cosecha, punto 2, donde dice:
«a) Mediante aplicación directa de la relación:
debe decir:
«a) Mediante la aplicación directa de la relación:
En la misma página, donde dice: «2.1 Depreciación por helada.–», debe decir: «2.1 Depreciaciones por helada.–»
En la página 29290, donde dice: «2.3 Depreciaciones de viento.», debe decir: «2.3 Depreciaciones por viento.»
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