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En el recurso contencioso-administrativo número 306.907/1983, interpuesto por la Asociación General de Fabricantes de Alcohol de Melazas de España y seguido ante la Sala Tercera de] Tribunal Supremo contra Resolución del Consejo de Ministros de 25 de enero de 1983, sobre regulación de fabricación de alcoholes etílicos a partir de diversos productos de origen agrario, se ha dictado con fecha 16 de octubre de 1986 sentencia, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:
"Fallamos: Estimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra la resolución del Consejo de Ministros de 25 de enero de 1983, que desestimó el de reposición interpuesto contra el Real Decreto 1302/1981, de 5 de junio, por ser aquella resolución contraria a derecho; anulamos y dejamos sin efecto dicha resolución y declaramos nulo de pleno derecho el mencionado Real Decreto 1302/1981, de 5 de junio; sin costas."
El Consejo de Ministros, en su reunión del día 11 de septiembre de 1987, ha dispuesto, conforme a lo prevenido en la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, se cumpla en sus propios términos la referida sentencia.
Madrid, 24 de septiembre de 1987.- P. D. (Orden de 31 de julio de 1986), el Subsecretario, Vicente Antonio Sotillo Martí.
Excmos. Sres. Ministros de Industria y Energía y de Agricultura, Pesca y Alimentación.
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