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En el recurso contencionso-administrativo interpuesto por Asociación de Catedráticos y Profesores Numerarios de Escuelas de Comercio, contra Resolución de este Departamento, sobre regulación de las facultades profesionales de los Diplomados en Ciencias Empresariales, el Tribunal Supremo, en fecha 20 de junio de 1986, ha dictado sentencia, cuyo fallo es del siguiente tenor literal:
"Fallamos: Que estimando los recursos interpuestos por las representaciones legales de la Asociación de Catedráticos y Profesores Numerarios de Escuelas de Comercio y del Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España, declaramos la nulidad del Real Decreto 3182/1981, de 13 de noviembre por el que se regulan las facultades profesionales de los Diplomados en Ciencias Empresariales, por no conforme a derecho, debiendo reponerse el expediente tramitado para su elaboración, al estado procesal que permita realizar la preceptiva consulta a la Comisión Permanente del Consejo de Estado, y no se hace imposición de costas."
En su virtud, este Ministerio ha dispuesto que se cumpla la citada sentencia, en sus propios términos.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y demás efectos.
Madrid, 20 de enero de 1987.- P. D. (Orden de 27 de marzo de 1982), el Secretario de Estado de Universidades e Investigación, Juan Manuel Rojo Alaminos.
Ilmo. Sr. Director general de Enseñanza Superior (Sr. Subdirector general de Centros y Profesorado), Ilmo. Sr. Secretario general Técnico (Sr. Vicesecretario general Técnico).
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