Contingut no disponible en català
Advertidos errores en el texto de la mencionada Orden, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 168, de fecha 15 de julio de 1986, páginas 25523 a 25531, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
En el título de la Orden, donde dice: «Orden de 1 de julio de 1986 por la que se modifica el Reglamento Técnico de Control y Certificación de Semillas y Plantas Forrajeras», debe decir «Orden de 1 de julio de 1986, por la que se modifica el Reglamento Técnico de Control y Certificación de Semillas de Plantas Forrajeras».
En el Anejo Único - Apartado I.1, párrafo a)- Gramíneas, donde dice: «Lolium multiflorum lam» y «Falarias», debe decir: «Lolium multiflorum Lam» y «Falaris».
En el párrafo b) de dicbo Apartado I.1 - Leguminosas, donde dice «Alhova» y «Algarrovga", debe decir: «Alholva» y «Algarroba».En el párrafo c): Otras especies, donde dice: «Beza», debe decir: «Berza».
En el Apartado II - Categoría de semillas; en el párrafo II.2) - Especies para las que se admite únicamente la producción de semilla base y certificada, donde dice: «Lolium x hybridum Hausska», debe decir: «Lolium x hybridum Hausskn».
En el Apartado IV - Producción de semillas; párrafo IV.I - Requisitos de las semillas, donde dice: «Las semillas que se señalan en el Anejo», debe decir: «las semillas que se sedalan en el Anejo 1».
En el párrafo IV.2.1) - Tamaño mínimo de las parcelas, donde dice: «No existirá... en cuanto al tamaña», debe decir: «No existirá en cuanto al tamaño».
En el párrafo IV.2.3) - Aislamientos mínimos. En el cuadro que se indica a continuación, en una de las columnas dice: «Semila certificada», debe decir: «Semilla certificada».
En el párrafo IV.2.4.2) - En el cuadro de «Tolerancia de plantas de otras especies y otras variedades...», debe de ponerse como título: «En la casilla de «Cualquier gramínea»: «Especies» y en la de «Cualquier otra gramínea forrajera...» «Tipo de Impurezas», así como en las casillas de «semilla de base y prebase» y «Semilla certificada», correspondientes a «Cúscuta» y «Jopo (Orobancbe sp.)», que se señala con una rayita, debe indicarse con un «cero».
En «Normas y otras condiciones aplicables cuando se hace referencia al cuadro 2.A, sobre requisitos de las semillas certificadas», en el apartado m), donde dice: «.... en la muestra de peso indicado en el anejo II no se considerará impureza, debe decir: «...... en la muestra del peso prescrito no se considerará impureza...».
En «Normas y otras condiciones aplicables cuando se hace referencia al cuadro 2.B, sobre requisitos de las semillas de base», en el apartado h), donde dice: «...... en semillas de Poa spp, de otra especies que no sea la examinada no debe sobrepasar de una muestra de 500 semillas», debe decir: «..... en semillas de Poa spp. de otra especie que no sea la examinada no debe sobrepasar de una en una muestra de 5OO semillas».
En el Anejo II - Pesos de los lotes y de las muestras; en la columna de especies, donde dice: «Arrbenatherum eletius», debe decir: «Arrhenatherum elatius»; en la columna donde dice: «Peso máximo de la muestra a tomar de un lote en gr.», debe decir: «Peso mínimo de la muestra a tomar de un lote en gr..»; en la columna donde dice: «Peso de la muestra para realizar conteos que se especifican en el Anejo I, en gr,», debe decir: «Peso de la muestra para realizar los conteos que se especifican en el Anejo I, en gr.».
Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid