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Advertidos errores en el texto de la citada Orden, publicada en el «Boletin Oficial del Estado» número 37, de fecha 12 de febrero de 1985, páginas 3550 y 3551, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
Artículo 4.º, apartado a), debe decir:
a) La representación formal del Consejo General a los simples efectos de coordinación y relaciones externas, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 7.1.
Artículo 6.º 1, párrafo segundo, dice: «La suplencia deberá jutificarse por escrito por el... », debe decir: « La suplencia debe justificarse por escrito del... ».
Artículo 9.° 2, dice: «sin que ante los mismos se compute el Presidente»,
debe decir: «sin que entre los mismos se compute el Presidente».
Artículo 10, párrafo primero, dice: «elegidos por los representantes sindicales y empresariales... »,
debe decir: «elegidos los representantes sindicales y empresariales... ».
Artículo 14.5, dice: «siempre que aporte en el acto del texto... »,
debe decir: «siempre que aporte en el acto el texto... ».
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