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Visto el expediente instruido para la creación de los Juzgados de Paz de Salt y Sarriá de Ter (Gerona), de cuyas actuaciones aparece:
Que por Decreto 72/1983, de 3 de marzo, de la Presidencia de la Generalidad de Cataluña (<Diario Oficial> de 9 de marzo), se aprobó la segregación de los núcleos de población de Salt y Sarriá de Ter pertenecientes al municipio de Gerona para su constitución en municipios independientes, con la denominación y capitalidad en dichos núcleos de población, y con un número de habitantes de derecho de 20.456 y 3.828, respectivamente.
Que incoado expediente para la creación de los Juzgados de Paz de los nuevos municipios, en el fueron oídos las autoridades y Organismos oficiales interesados e informaron la Sala de Gobierno de la Audiencia Territorial de Barcelona y el Consejo General del Poder Judicial.
Vistos los articulaste 11 y siguientes de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la base primera de la Ley de 19 de julio de 1944 y el Decreto de 8 de noviembre del mismo año, disposiciones concordantes y demás de general aplicación; y habida cuenta que, conforme a las disposiciones citadas, en los municipios en que no haya Juzgados de Distrito (antes Municipales o Comarcales), existirán Juzgados de Paz, cada uno con la circunscripción del término municipal en que resida y del que toma su denominación,
Este Ministerio ha tenido a bien disponer:
Crear en el nuevo municipio de Sait, con una población de 20.456 habitantes, un Juzgado de Paz con clasificación de más de 7.000 habitantes; y en el nuevo municipio de Sarria de Ter, con una población de 3.828 habitantes, crear un Juzgado de Paz con clasificación de menos de 7.000 habitantes, cada uno de ellos con la denominación y capitalidad de sus respectivos municipios, y dependientes del Juzgado de Distrito número 1 de Gerona.
La entrada en funcionamiento de estos Juzgados será determinada por el Presidente de la Audiencia Territorial de Barcelona, una vez que las dependencias para la instalación de los mismos reúnan las condiciones adecuadas y se haya nombrado el personal que ha de atenderlos.
Madrid, 28 de noviembre de 1984.- LEDESMA BARTRET.
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