Contido non dispoñible en galego
Con el fin de llevar a cabo el proceso de establecimiento de Administraciones de Hacienda, y haciendo uso de la autorización que concede la disposición final primera del Real Decreto 489/1979, de 20 de febrero, procede aprobar la relación completa de Administraciones que han de funcionar, incluyendo en ella, por tanto, también las ya establecidas, estén o no en funcionamiento.
Esta relación se debe hacer para cada Delegación de Hacienda Especial con el fin de presentar con criterios de uniformidad la nueva realidad que proporciona mayor eficacia a la gestión tributaria.
En su virtud, este Ministerio ha tenido a bien disponer:
Primero.-En el ámbito territorial de la Delegación de Hacienda Especial de Aragón existirán las siguientes Administraciones de Hacienda:
1. Delegación de Hacienda de Huesca:
Monzón.
2. Delegación de Hacienda de Teruel:
Alcañiz.
3. Delegación de Hacienda de Zaragoza:
a) Arrabal-Puente Santiago.
b) Delicias.
c) Las Fuentes.
d) Calatayud.
e) Ejea de los Caballeros.
Segundo.-El ámbito territorial de cada una de las Administraciones de Hacienda a que se refiere el número anterior es el que se señala en el anexo que se acompaña a esta Orden.
Tercero.-La distribución de Administraciones de Hacienda que se establece en el número primero para la Delegación de Hacienda Especial de Aragón sustituye, en su caso, a la prevista en Ordenes anteriores para las respectivas Delegaciones de Hacienda.
Cuarto.-Por Orden ministerial se determinará la estructura orgánica, las funciones y la fecha de iniciación de las actividades de cada una de las Administraciones de Hacienda que se establecen.
Madrid, 12 de abril de 1984.-P. D., el Secretario de Estado de Hacienda, José Borrell Fontelles.
ANEXO
Ambito territorial de las Administraciones de Hacienda
1. Delegación de Hacienda de Huesca:
Monzón- Abarca el área de las zonas recaudatorias de Barbastro primera y segunda (esta última con sede en Tamarite de Litera), Boltaña y Fraga.
2. Delegación de Hacienda de Teruel:
Alcañiz: Abarca el área de la zona de recaudación de Alcañiz.
3. Delegación de Hacienda de Zaragoza:
a) Arrabal-Puente Santiago: Abarca el aérea de la zona de recaudación número 1 de la capital.
b) Delicias: Abarca el área de la zona de recaudación número 2 de la capital.
c) Las Fuentes: Abarca el área de la zona de recaudación número 3 de la capital.
d) Calatayud: Abarca el área de la zona de recaudación de Calatayud.
e) Ejea de los Caballeros: Abarca el área de la zona de recaudación de Ejea de los Caballeros.
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